Constitución Española 1978 para opositar
Mª Aránzazu González Ponce
Constitución Española 1978 para opositar
Mª Aránzazu González Ponce
Constitución Española de 1978 para opositas
Índice Introducción ___________________________________________________ Pá! " #a constitución de 1978! Introducción _______________________________ Pá! 7 $%tulo Preli&inar ________________________________________________ Pá! 8 $itulo I!' de los derec(os ) de*eres +unda&entales ____________________ Pá! 1, Cap%tulo 1- de los españoles ) e.tran/eros ___________________________ Pá! 1, Cap%tulo ,- de los derec(os ) li*ertades_____________________________ Pá! 10 ección 1- de los derec(os +unda&entales ) li*ertades p2*licas _________ Pá! 1" ección ,- de los derec(os ) de*eres de los ciudadanos _______________ Pá! ,3 Cap%tulo 0- principios rectores de la pol%tica social ) econó&icas _________ Pá! ,, Cap%tulo "- de las arant%as de las li*ertades de derec(os +unda&entales__ Pá! ,4 Capitulo 4- de la suspensión de los derec(os ) li*ertades _______________ Pá! ,5 $%tulo ,- de la corona ____________________________________________ Pá! ,7 $%tulo 0- de las cortes enerales ___________________________________ Pá! 00 Cap%tulo 1- de las cá&aras _______________________________________ Pá! 00 Cap%tulo ,- de la ela*oración de las le)es____________________________ Pá! 09 Cap%tulo 0- de los tratados internacionales __________________________ Pá! "" $itulo 6 de la re+or&a constitucional ________________________________ Pá! "5 $%tulo I6 el $ri*unal Constitucional _________________________________ Pá! "8 Preuntas de e.á&enes __________________________________________ Pá! 41
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Aránzazu González
La Constitución de 1978: Estructura y contenido. Principios fundamentales. Derechos y deeres fundamentales. El derecho a la protección social. Las atriuciones de la Corona. Las Cortes !enerales: Composición" atriuciones y funcionamiento. La elaoración de las leyes. El triunal constitucional. Composición y funciones.
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#ntroducci ón E$E #I E$: ;IIGI; A<=E##A PE>A <=E <=IEE> PEPAAE =>A PICI>E? @ E> $;A E# $EMA E$E##A E #A C>$I$=CI>? @ = PIME $B$=#? @A <=E E# E$ ;E $B$=# ;EPE>;E:> ;E# $IP ;E PICI>? @ ;E# :MI$ ;E #A P#AA! @A <=E #EE => $E6$ >MA$ID E A#G M>$> @ $E;I E <=EI; ;EG#A # A$BC=#? I> M;IFICA >I E#IMI>A >A;A @A <=E E> E$ CA E M=@ IMP$A>$E E# $E6$ #I$EA#? @A <=E MI$I =>A @H P=E;E =P>E > EP>;E =>A PEG=>$A CEC$AME>$E ! P E## A $AD ;E PE<=EJ E<=EMA @ $=<=I## EPE <=E E$E $EMA EA M: AME>! I E$: PE>A>; E> PEE>$A$E A =>A PICI>? @ >=>CA A>$E # A EC? $E ;A DAI C>EK L$I#E! # >MA# E <=E => E EMPIECE A PEPAA #A PICI>E C=A>; A#E #A C>DCA$IA ? P#A <=E $E ;A =>A ME;IA ;E 0 A 4 MEE M: ME> I>C#= ME> PAA PEPAA$E E# IMPI#E $EMAI ;E ,3 $EMA M:! PE $; CME$EM E# MIM E? I PAA PEPAA$E => $EMA IE>? ;E ME;IA E ME P $EMA? @A > > A#E #A C=E>$A? I E$A I>$EEA; E> =>A PICI>E ;E;BCA$E A E##A? ;E;E E# MIM ;BA <=E $E # A PP=E$. ES QUE NO HAY PLAZAS , ES QUE NO HAY CONVOCATORIAS? ? PE @A A#;:> @ $= $E>;: #A DE>$AKA ;E <=E => $EMA
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Aránzazu González
La constitución de 1978: Estructura y contenido Apro*ada ati+icada ancionada Pu*licada E
Cortes Generales Pue*lo español Tre+erUndu&V Por el e) Tante las cortesV Entra en Wior
01S13S19781 35S1,S1978 ,7S1,S1978 ,9S1,S1978
Preá&*ulo $%tulo preli&inar preli&i nar _______________________________ TArt! 1 al 9V $itulo I!' ;e los derec(os ) de*eres de*e res +unda&entales ____ TArt! 13V Capitulo 1-!' ;e los Españoles ) e.tran/eros ________ ________ TArt! 11 al 10V Capitulo ,-!' ;erec(os ) li*ertades _______________ _______________ TArt! 1"V ección 1-!' ;e los derec(os +unda&entales ) li*ertades P2*licas ____________ __________________ ____________ ____________ _____________ _____________ ________ __ TArt! 14 al ,9V ección ,-!' ;e los derec(os ) de*eres de los Ciudadanos TArt! 03 al 08V ección 0-!' 0-!' ;e los principio principio rectores de la pol%tica ) social TArt! 09 al 4,V ección "-!' ;e las arant%as de las li*ertades ) derec(os +unda&entales +unda&e ntales _________________________________ TArt! 40 al 44V $%tulo II!' ;e la corona ___________________________ TArt! 45 al 54V $%tulo III!' ;e las cortes enerales _____________ __________________ _____ TArt! 55 al 95V Capitulo 1-!' ;e las la s cá&aras ____________ ___________________ _________ __ TArt! 55 al 83V Capitulo ,-!' ;e la ela*oración de las le)es _________ _________ TArt! 81 al 9,V Capitulo 0-!' ;e los tratados internacionales _______ TArt! 90 al 95V $%tulo ID!' ;el Go*ierno Go*ierno ) la ad&inistración __________ __________ TArt! 97 al 137V $%tulo D!';e las relaciones entre el o*ierno ) de la Ad&inistración ____________ __________________ ____________ ____________ _____________ _____________ ________ __ TArt! 138 al 115V $itulo DI!' ;el poder /udicial ____________ __________________ ___________ _____ TArt! 117 al 1,7V $%tulo DII!' ;e econo&%a econo&%a ) (acienda ____________ ________________ ____ TArt! 1,8 al 105V 105V $%tulo DIII!' ;e la oranización territorial del Estado ____ TArt! 107 al 148V Cap%tulo 1-!' Principios enerales _____________ ________________ ___ TArt! 107 al 109V Cap%tulo ,-!' ,-!' ;e la ad&inistración local ___________ ___________ TArt! 1"3 1"3 al 1",V Capitulo 0-!' ;e las CCAA _______________________ TArt! 1"0 al 148V $%tulo I6!' ;el tri*unal Constitucional _____________ _______________ __ TArt! 149 al 154V $itulo 6!' ;e la re+or&a constitucional constitucional _____________ _______________ TArt! 155 al 159V 159V , 1
I&portante aprenderse *ien? tanto las +ec(as? as% co&o Xuien rati+ica? sanciona o aprue*a
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" ;isposiciones adicionales 9 ;isposiciones transitorias 1 ;isposición deroatoria
$%tulo preliminar &'rt. 1 al 9( Art! 1!1!' España se constitu)eQ ' En un estado social ' ;e&ocrático ' ;e derec(o
tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla.
,!' #as de&ás lenuas españolas serán ta&*iUn o+iciales en las respectiWas CCAA de acuerdo a sus estatutos! 0!' #a riXueza de las di+erentes &odalidades linY%sticas de España es un patri&onio cultural Xue será o*/eto de especial respeto ) protección! ,
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$a&*iUn es i&portante aprenderse el no&*re de los t%tulos ) Xue interWalos de art%culos recoen? es di+%cil lo sU? pero puedes utilizar truXuillos? co&o el poder /udicial Wa del 117 al 1,7! 0 ie&pre (a) Xue tener cuidado con el orden de las pala*ras? posi*le preunta de e.a&en El castellano es lenua o+icial del estado ) aV todos los españoles tienen el de*er de conocerla ) el derec(o de usarla *V todos los españoles tienen el derec(o de conocerla ) el de*er de usarla! #a correcta ser%a la aV pero si no estás &u) seura en el e.a&en puedes tener dudas ) &eter la pata! Aránzazu González
Art! "!' #a *andera de España está +or&ada por 0 +ran/as (orizontales? ro/a? a&arilla ) ro/a? siendo la a&arilla de do*le anc(ura Xue cada una de las ro/as! ,!' #os estatutos podrán reconocer *anderas ) enseñas propias de las CCAA! Estas se utilizarán /unto a la *andera española en sus edi+icios ) en sus actos o+iciales! Art! 4!' #a capital de España es la Willa" de Madrid! Art! 5!' #os partidos pol%ticos e.presan el pluralis&o pol%tico? concurren a la +or&ación ) &ani+estación de la Woluntad popular ) son instru&ento +unda&ental para la participación pol%tica! Zu creación ) el e/ercicio de su actiWidad son li*res dentro del respecto a la constitución ) a la le)! u estructura interna ) +unciona&iento de*erán ser de&ocráticos! Art! 7!' #os sindicatos de tra*a/adores ) las asociaciones e&presariales contri*u)en a de+ensa ) pro&oción de los intereses econó&icos ) sociales Xue le son propios! Z 4u creación ) el e/ercicio de su actiWidad son li*res dentro del respeto a la constitución ) a la le)! u estructura interna ) +unciona&iento de*erán ser de&ocráticos! Art! 8!' #as +uerzas ar&adas? constituidas porQ el ' e/Urcito de tierra? ' la ar&ada ' ) el e/Urcito de aire? tienen co&o &isiónQ' garantizar la so*eran%a e independencia de España? ' defender su interidad territorial ) el ordena&iento constitucional! Una ley orgánica reulará las *ases de la oranización &ilitar con+or&e a los principios de la presente constitución! Art! 9!1!' #os ciudadanos ) los poderes p2*licos están su/etos a la constitución ) al resto del ordena&iento /ur%dico! "
Cuidado con la literalidad de las pala*ras? Madrid para la constitución es una Willa Posi*le preunta de e.a&en se2n el art! 4 de la constitución la capital de España es aV la Willa de Madrid *V Madrid cV la ciudad de MadridH sa*e&os Xue la respuesta es Madrid? cualXuiera de las 0 ser%a correcta? pero la Xue te da el punto es contestar la e.acta? en este caso la literal al te.to constitucional la aV la Dilla de Madrid 4 Z Esta nota es para Xue te +i/es Xue a partir de los asterisco el te.to es el &is&o
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,!' Corresponde a los poderes p2*licos? pro&oWer las condiciones para Xue la li*ertad ) la iualdad del indiWiduo ) de los rupos en Xue se intera sean reales ) e+ectiWas re&oWer los o*stáculos Xue i&pidan o di+iculten su plenitud ) +acilitar la participación de todos los ciudadanos en la Wida pol%tica? econó&ica? cultural ) social! 0!' 5#a constitución arantiza el principio de lealidad? la /erarXu%a nor&atiWa? la pu*licidad de las nor&as? la irretroactiWidad7 de las disposiciones sancionadoras no +aWora*les o restrictiWas de derec(os indiWiduales? la seuridad /ur%dica? la responsa*ilidad ) la interdicción de la ar*itrariedad de los poderes p2*licos!
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AXu% nos encontra&os con los principios enerales de la Constitución? te los tienes Xue aprender co&o los d%as de la se&ana 7 Este principio da &uc(o /ueo a los e.a&inadores a la (ora de poner preuntas? por XuU? por lo siuiente posi*le preunta co&o principio de la constitución nos encontra&os aV la retroactiWidad de las disposiciones sancionadoras no +aWora*les *V la irretroactiWidad de las disposiciones sancionadores no +aWora*les cV la retroactiWidad de las disposiciones +aWora*les dV la irretroactiWidad de las disposiciones sancionadoras +aWora*les la correcta la *V pero o/o? la cV ta&*iUn lo podr%a ser? pero WolWe&os a centrarnos en la literalidad del te.to constitucional Aránzazu González
Preuntas claWe para respuestas concretas N
NA XuiUn le corresponde pro&oWer las condiciones para Xue la li*ertad ) la iualdad del indiWiduoO " los poderes p!blicos
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$itulo #.) De los derechos y deeres fundamentales &'rt. 1* al ++( Art! 13!1!' #a dinidad de la persona # los derec(os inWiola*les Xue le son in(erentes $ # el li*re desarrollo de la personalidad$ # el respeto a la le) ) a los derec(os de los de&ás %
son fundamento del orden político y de la paz social . &.# Las normas relati'as a los derechos fundamentales y a las libertades que la E reconoce se interpretarán de conformidad( # on la declaraci)n uni'ersal de derechos humanos # y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias rati+icadas por España.
Cap%tulo 1,.) de los Espa-oles y Etran/eros &'rt. 11 al 10( Art! 11!1!' #a nacionalidad española se adXuiere se conserWa ) se pierde? con lo esta*lecido por la le)! ,!' >in2n español de orien podrá ser priWado de su nacionalidad 0!' El estado podrá concertar tratados de do*le nacionalidad con los pa%ses i*eroa&ericanos o aXuellos Xue (a)an tenido o tenan una particular Winculación con España! Art! 1,!' #os españoles son &a)ores de edad a los 18 años! 2 1 a n i g á P
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tro art%culo i&portante ) Xue suele caer en *astante e.á&enes as% Xue aprendUrselo pala*ra por pala*ra? tanto el punto 1 co&o el punto ,! Aránzazu González
Art! 10!1!' #os E.tran/eros ozarán en España de las li*ertades p2*licas Xue arantiza el presente t%tulo? en los tUr&inos Xue esta*lezcan los tratados ) la le)! ,!' ola&ente los españoles serán titulares de los derec(os reconocidos en el art! ,09? sal'o lo Xue atendiendo a criterios de reciprocidad? pueda esta*lecerse por tratado o le) para el derec(o de su+raio actiWo ) pasiWo en las elecciones &unicipales! 0!' #a e.tradición solo se concederá en cu&pli&iento de un tratado o de la le) atendiendo a criterios de reciprocidad!
Capitulo ,.) De los derechos y liertades. &'rt. 12 al 08( Art! 1"!' #os españoles son iuales ante la #e)? sin Xue pueda (a*er discri&inación aluna por razón de se*o? raza? raz)n del nacimiento?
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Art! ,0!1 #os ciudadanos tienen el derec(o a participar en los asuntos p2*licos? directa&ente o por &edio de representantes? li*re&ente eleidos en elecciones periódicas por su+raio uniWersal ,!' Asi&is&o? tienen derec(o a acceder en condiciones de iualdad a las +unciones ) caros p2*licos con los reXuisitos Xue señalen las le)es!
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religi)n? opini)n? o cualquier otra condici)n o circunstancia personal o 13 social!
3ección 1,.) De los derechos fundamentales y liertades p4licas &art. 1+ al 9( Art! 1411!' $odos tienen derec(o a la Wida ) a la interidad +%sica ) &oral? sin Xue en nin2n caso pueda ser so&etido a tortura ni a penas o tratos in(u&anos o deradantes! adie podrá ser o*liado a declarar so*re su ideolo%a? reliión o creencias! 0!' +inguna confesi)n tendrá carácter estatal! #os poderes p2*licos tendrán en cuenta las creencias reliiosas de la sociedad española ) &antendrán las consiuientes relaciones de cooperación con la iglesia cat)lica ) demás confesiones religiosas!
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Este art%culo ta&*iUn suele &eterse en e.á&enes )a Xue es i&portante el derec(o de iualdad ante la le)? pero o/o con los casos de no discri&inación? suelen /uar con la enu&eración de los &is&os añadiendo o Xuitando? son esos se.o? raza? razón de naci&iento? reliión? opinión? o cualXuiera otra condición o circunstancia personal o social! 11 Art%culo 14 Tla niña *onitaV el derec(o a la Wida? una preunta de e.a&en Nen XuU art%culo se recoe el derec(o a la WidaO aV art! 14!1 *V art! 14 *V art! 1" Por la si&ple tonter%a de asociar la niña *onita del 14 con el derec(o a la Wida? podrUis tener una preunta *ien? en un e.a&en? respuesta correcta la *V el art%culo 14 es 2nico no tiene puntos de deslose! Aránzazu González
Art! 17!11,!' $oda persona tiene derec(o a la li*ertad ) seuridad! >adie puede ser priWado de su li*ertad? sino con la o*serWación de lo esta*lecido en este art%culo ) en los casos ) en la +or&a preWista en la le)! ,!' #a detención preWentiWa no puede durar &ás del tie&po estricta&ente necesario para la realización de las aWeriuaciones tendentes al esclareci&iento de los (ec(os? ) en todo caso en el plazo &á.i&o de 7, (oras? el detenido de*erá ser puesto en li*ertad o a disposición de la autoridad /udicial! 0!' $oda persona detenida de*e ser in+or&ada de +or&a in&ediata ) de &odo Xue le sea co&prensi*le? de sus derec(os ) de las razones de su detención? no pudiendo ser o*liado a declarar! Se &a$an%i'a la asis%encia de abo&ado al de%enido en las dili&encias !oliciales ( )udiciales, en los %*$#inos +ue la le( es%able'ca! "!' #a le( $e&ula$ un !$ocedi#ien%o de -abeas co$!us !a$a !$oduci$ la in#edia%a !ues%a a dis!osicin )udicial de %oda !e$sona de%enida ile&al#en%e! Asi&is&o? por le) se deter&inará el plazo &á.i&o de
duración de la prisión proWisional! /oQ ' #a detención preWentiWa NCuánto duraO #o nor&al es pensar Xue serán 7, (oras? pero >? durara el tie&po estricta&ente necesario para la realización de las aWeriuaciones tendentes al esclareci&iento de los (ec(os! En el plazo de 7, (oras? el detenido tendrá Xue ser puesto en li*ertad o a disposición de la autoridad la*oral! Fue una preunta de un e.a&en! Art! 18!1!' e arantiza el derecho al honor? a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen! ,!' El do&icilio es inWiola*le ninuna entrada o reistro podrá (acerse en Ul? sin consenti&iento del titular o resolución /udicial sal'o en caso de fragante delito! 0!' e arantizará el secreto de las co&unicaciones )? en especial? de las postales? telerá+icas ) tele+ónicas? sal'o resoluci)n ,udicial! "!' #a le) li&itará el uso de la in+or&ática para arantizar el (onor ) la inti&idad personal ) +a&iliar de los ciudadanos ) el pleno e/ercicio de sus derec(os! 1,
;erec(o a la li*ertad ) seuridad otro derec(o +unda&ental e i&portante? este art%culo en eneral lo es por su i&plicaciones aparte de Xue suele caer *astante en los e.á&enes
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Art! 19!' #os españoles tienen derec(o a eleir li*re&ente su residencia ) a circular por el territorio nacional! Asi&is&o? tiene derec(o a entrar ) salir li*re&ente de España en los tUr&inos Xue la le) esta*lezca! Es%e de$ec-o no !od$ se$ li#i%ado !o$ #o%ios !ol/%icos o ideol&icos! Art! ,3!1!' e reconocen ) proteen los derec(osQ aV A e.presar ) di+undir? li*re&ente los pensa&ientos? ideas ) opiniones &ediante la !alab$a el esc$i%o o cual+uie$ #edio de $e!$oduccin *V A la producción ) creación literaria? art%stica? cient%+ica ) tUcnica! cV A la li*ertad de catedra! dV A co&unicar o reci*ir li*re&ente in+or&ación Weraz por cualXuier &edio de di+usión! #a le) reulará el derec(o a la cláusula de conciencia ) al secreto pro+esional en el e/ercicio de estas li*ertades! ,!' El e)e$cicio de es%os de$ec-os no !uede $es%$in&i$se #edian%e nin&0n %i!o de censu$a !$eia ! 0!' #a le) reulará la oranización ) el control parla&entario de los &edios de co&unicación social dependientes del Estado o de cualXuier ente p2*lico ) arantizará el acceso a dic(os &edios de los rupos sociales ) pol%ticos sini+icatiWos respecto al pluralis&o de la sociedad ) de las diWersas lenuas de España! "!' Estas libertades tienen su límite en el resto a los derechos reconocidos en este -ítulo en los preceptos de las le)es Xue lo desarrollan ) especialmente$ en el derecho al honor$ a la intimidad a la propia imagen y a la protecci)n de la ,u'entud y de la infancia! 4!' olo podrá acordarse el secuestro de pu*licaciones? ra*aciones ) otros &edios de in+or&ación en Wirtud de resoluci)n ,udicial!
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Art! ,1!1!' e reconoce el derecho de reuni)n pacífica y sin armas! El e/ercicio de este derec(o no necesitará autorizaci)n pre'ia! ,!' En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad .
,!' #as asociaciones Xue persiuen +ines o utilicen &edios tipi+icados co&o delito son ileales! 0!' #as asociaciones cons%i%uidas al a&paro de este art%culo debe$n insc$ibi$se en un $e&is%$o a lo solos e1ec%os de !ublicidad ! "!' #as asociaciones solo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actiWidades en Wirtud de resoluci)n ,udicial moti'ada 4!' e prohíben las asociaciones secreta y las de carácter paramilitar! Art! ,0!1!' #os ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos p!blicos? directa&ente o por &edio de representantes? li*re&ente eleidos en elecciones periódicas por su+raio uniWersal! ,!' Asi&is&o? tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las 10 funciones y cargos p!blicos con los requisitos que señalen las leyes! Art! ,"!1!' $odas las personas tienen derecho a obtener la tutela efecti'a de los ,ueces y tribunales? en el e/ercicio de sus derec(os e intereses le%ti&os? sin Xue en ning!n caso pueda producirse indefensi)n! ,!' Asi&is&o? todos tienen derec(oQ ' al /uez ordinario predeter&inado por la le)? ' a la de+ensa ) a la asistencia de letrado? ' a ser in+or&ados de la acusación +or&ulada contra ellos ' a un proceso p2*lico sin dilaciones inde*idas ) con todas las arant%as? ' a utilizar los &edios de prue*a pertinentes para su de+ensa ' a no declarar contra si &is&o? a no con+esarse culpa*les ) ' a la presunción de inocencia! #a le) reulará los casos en Xue por razón de parentesco o de secreto pro+esional? no se estará o*liado a declarar so*re (ec(os presunta&ente delictiWos! Art! ,4!1!' Nadie !uede se$ condenado o sancionado !o$ acciones u o#isiones +ue en el #o#en%o de !$oduci$se no cons%i%u(en deli%o 1al%a o in1$accin ad#inis%$a%ia se&0n la le&islacin i&en%e en a+uel #o#en%o !
,!' #as penas priWatiWas de li*ertad ) las &edidas de seuridad estarán orientadas (acia la reducación ) reinserción social ) no podrán consistir en traba,os forzados! 10
Este apartado seundo del art%culo ,0 es +unda&ental? )a Xue tu pretendes acceder a(ora a un caro p2*lico? por lo Xue tendrás derec(o (acerlo en condiciones de iualdad! $a&*iUn es un art%culo Xue suele caer en e.á&enes
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El condenado a pena de prisión Xue estuWiesen cu&pliendo la &is&a ozarán de los derec(os +unda&entales de este Cap%tulo? a e.cepción de los Xue se Wean e.presa&ente li&itados por el contenido del +allo condenatorio? el sentido de la pena ) la le) penitenciaria! En todo caso tendrán derec(o a un tra*a/o re&unerado ) a los *ene+icios correspondientes de la seuridad social? as% co&o al acceso a la cultura ) al desarrollo interal de su personalidad! 0!' #a ad&inistración ciWil no podrá i&poner sanciones Xue? directa o indirecta&ente? i&pliXuen priWación de li*ertad! Art! ,5!' Se !$o-/ben los %$ibunales de -ono$ en el á&*ito de la ad&inistración ciWil ) de las oranizaciones pro+esionales! Art! ,7!1!' $odos tienen derecho a la educaci)n! e reconoce la li*ertad de enseñanza! ,!' #a educación tendrá por o*/eto el pleno desarrollo de la personalidad (u&ana en el respeto a los principios de&ocráticos de conWiWencia ) a los ' derec(os ) li*ertades +unda&entales! 0!' #os poderes p2*licos arantizan el derec(o Xue asiste a los padres para Xue sus (i/os reci*an la in+or&ación reliiosa ) &oral Xue estU de acuerdo con sus propias conWicciones! "!' #a enseñanza *ásica es o*liatoria ) ratuita! 4!' #os poderes p2*licos arantizan el derec(o de todos a la educación? &ediante una prora&ación eneral de la enseñanza? con participación e+ectiWa de todos los sectores a+ectados ) la creación de centros docentes! 5!' e reconoce a las personas +%sicas ) /ur%dicas la li*ertad de creación de centros docentes? dentro del respeto a los principios constitucionales! 7!' #os pro+esores? los padre )? en su caso? los alu&nos interWendrán en el control ) estión de todos los centros sostenidos por la ad&inistración con +ondos p2*licos en los tUr&inos Xue la le) esta*lezca!
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Art! ,8!1!' $odos tienen derecho a sindicarse libremente! #a le) podrá li&itar o e.ceptuar el e/ercicio de este derec(o a las Fuerzas o Instituciones ar&adas o a las de&ás cuerpos so&etidos a disciplina &ilitar ) reulará las peculiaridades de su e/ercicio para los +uncionarios p2*licos! Aránzazu González
#a libertad sindical comprendeQ ' El derec(o a +undar sindicatos ' ) a a+iliarse al de su elección? as% co&o el 'derec(o de los sindicatos a +or&ar con+ederaciones ) a +undar oranizaciones sindicales internacionales o a+iliarse a las &is&as! +adie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato. ,!' e reconoce el derecho a la huelga de los traba,adores para la de+ensa de sus intereses? la le( +ue $e&ule el e)e$cicio de es%e de$ec-o es%ablece$ las &a$an%/as !$ecisas !a$a ase&u$a$ el #an%eni#ien%o de los se$icios esenciales de la co#unidad.
Art! ,9!1!' $odos los españoles tendrán el derecho de petici)n indi'idual y colecti'a? por escrito? en la +or&a ) con los e+ectos Xue deter&ine la le)! ,!' #os &ie&*ros de las +uerzas o institutos ar&ados o de los cuerpos so&etidos a disciplina &ilitar podrán e/ercer este derec(o sólo indiWidual&ente ) con arrelo a lo dispuesto en su leislación espec%+ica!
elación de art! Art! 1"!' ;erec(o a la iualdad Art! 14!' ;erec(o a la Wida Art! 15!' ;erec(o a eleir culto reliioso Art! 17!' ;erec(o a la li*ertad Art! 18!' ;erec(o al (onor e inti&idad personal Art! 19!' ;erec(o de li*re circulación Art! ,3!' ;erec(o de e.presión Art! ,1!' ;erec(o de reunión Art! ,,!' ;erec(o de asociación Art! ,0!' ;erec(o a participar en los asuntos p2*licos Art! ,"!' ;erec(o a la tutela de /ueces ) tri*unales Art! ,7!' ;erec(o a la educación Art! ,8!' ;erec(o a sindicarse ) (uela Art! ,9!' ;erec(o de petición indiWidual o colectiWa!
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3ección 5.) De los derechos y deeres de los ciudadanos &'rt. 0* al 08( Art! 03!1!' #os españoles tienen el derec(o ) el de*er de de+ender a España! ,!' #a le) +iurará las o*liaciones &ilitares de los españoles ) reulará? con las de*idas arant%as? la o*/eción de conciencia? as% co&o las de&ás causas de e.ención del serWicio &ilitar o*liatorio? pudiendo i&poner en su caso una prestación social sustitutoria! 0!' Podrá esta*lecerse un serWicio ciWil para el cu&pli&iento de +ines de interUs eneral! "!' 2edian%e le( !od$n $e&ula$se los debe$es de los ciudadanos en los casos de &$ae $ies&o, ca%s%$o1e ( cala#idad !0blica ! Art! 01!1!' -odos contribuirán al sostenimiento de los gastos p!blicos de acuerdo con su capacidad econ)mica &ediante un siste&a tri*utario /usto inspiración en los principios de iualdad ) proresiWidad? Xue en nin&0n caso %end$ el alcance con1isca%o$io ! ,!' El asto p2*lico realizará una asinación eXuitatiWa de los recursos p2*licos ) su prora&ación ) e/ecución responderán a los criterios de e+iciencia ) econo&%a! 0!' olo podrán esta*lecerse prestaciones personales o patri&oniales de carácter p2*lico con arrelo a la le)! Art! 0,!1!' El no&*re ) la &u/er tienen derec(o a contraer &atri&onio con plena iualdad /ur%dica! ,!' #a le) reulará las +or&as de &atri&onio? la edad ) la capacidad para contraerlo? los derec(os ) de*eres de los cón)ues? las causas de disolución ) separación ) sus e+ectos! 0 2 a n i g á P
Art! 00!1!' e reconoce el derec(o a la (erencia ) a la propiedad priWada!
Aránzazu González
,!' #a +unción social de estos derec(os deli&itará su contenido? de acuerdo con las le)es! 0!' >adie podrá ser priWado de sus *ienes ) derec(os sino por causa /usti+icada de utilidad p2*lica o interUs social &ediante la correspondiente inde&nización ) de con+or&idad con lo dispuesto por las le)es! Art! 0"!1!' e reconoce el derec(o de +undación para +ines de interUs eneral? con arrelo a la le)! ,!' eirá ta&*iUn para las +undaciones lo dispuesto en los art! , ) " del art! ,,! 3A$%. 44. 4.5 Las asociaciones +ue !e$si&uen 1ines o u%ilicen #edios %i!i1icados co#o deli%o son ile&ales. 6.5 Las asociaciones solo !od$n se$ disuel%as o sus!endidas en sus ac%iidades en i$%ud de $esolucin )udicial #o%iada7
Art! 04!1!' $odos los españoles tienen el deber de tra*a/ar ) el derecho a tra*a/ar ) a la li*re elección de pro+esión un o+icio a la pro&oción? a traWUs del tra*a/o ) a una re&uneración su+iciente para satis+acer sus necesidades ) las de su +a&ilia sin Xue en nin&0n caso !ueda -ace$se disc$i#inacin !o$ $a'n del se8o ! ,!' #a le) reulará un estatuto de los tra*a/adores! Art! 05!' #a le) reulará las peculiaridades propias del rUi&en /ur%dico de los coleios pro+esionales ) el e/ercicio de los pro+esiones titulados! #a estructura interna ) +unciona&iento de los coleios de*erán ser de&ocráticos! Art! 07!1!' #a le) arantizará el derec(o a la neociación colectiWa la*oral entre los representantes de los tra*a/adores ) e&presarios? as% co&o la 1ue$'a inculan%e de los conenios ! ,!' e reconoce el derecho de los traba,adores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colecti'o la le) Xue reule el e/ercicio de este derec(o sin? per/uicio de las li&itaciones Xue puedan esta*lecer incluirá las arant%as precisas para aseurar el +unciona&iento de los serWicios esenciales de la co&unidad!
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Art! 08!' e reconoce la li*ertad de e&presa en el &arco de la econo&%a de &ercado? los poderes p2*licos arantizan ) proteen su e/ercicio ) la de+ensa de la productiWidad? de acuerdo con las e.iencias de econo&%a eneral ) en su caso de la plani+icación!
Capitulo ###.) Principios rectores de la pol%tica social y económica &'rt. 09 a +( Art! 09!1!' #os poderes p!blicos aseuran la protección? econó&ico ) /ur%dica de la +a&ilia! ,!' #os poderes p2*licos aseuran? as% &is&o la protección interal de los (i/os? iuales ante la le) con independencia de su +iliación ) de las &adres? cualXuiera Xue sea su estado! #a le) posi*ilitará la inWestiación de la paternidad! 0!' #os padres de*en prestar asistencia de todo orden a los (i/os (a*idos dentro o +uera del &atri&onio? durante su &inor%a de edad ) en los de&ás casos en Xue leal&ente proceda! "!' #os niños ozaran de la protección preWista en los acuerdos internacionales Xue Welan por sus derec(os! Art! "3!1!' #os poderes p!blicos promo'erán las condiciones fa'orables para el proceso social y econ)mico ) para una distri*ución de la renta reional ) personal &ás eXuitatiWa? en el &arco de una pol%tica de esta*ilidad econó&ica! 9e #ane$a es!ecial $eali'a$n una !ol/%ica o$ien%ada al !leno e#!leo ! ,!' As% &is&o los poderes p2*licos +o&entarán una pol%tica Xue arantice la +or&ación ) readaptación pro+esional Welarán por la seuridad e (iiene en el tra*a/o Xue arantizarán descanso necesario? #edian%e las li#i%aciones !e$idicas $e%$ibuidas ( la !$o#ocin de los cen%$os adecuados ! 2 2 a n i g á P
Art! "1Z!' #os poderes p2*licos &antendrán un rUi&en p2*lico de seuridad social para todos los ciudadanos Xue aranticen la asistencia ) prestaciones sociales su+icientes ante situaciones de necesidad? Aránzazu González
especialmente en caso de desempleo! #a asistencia ) prestaciones
co&ple&entarias serán li*res! Art! ",!' El estado Welará especial&ente por la salWauardia de los derec(os econó&icos ) sociales de los tra*a/adores españoles en el e.tran/ero ) orientará su pol%tica de retorno! Art! "0!1Z!' e reconoce el derecho a la protecci)n de la salud! ,!' Co&pete a los poderes p!blicos organizar y tutelar la salud p!blica? a traWUs de medidas pre'enti'as y de las prestaciones y ser'icios necesarios! #a le) esta*lecerá los derec(os ) de*eres de todos al respecto 0!' #os poderes p!blicos fomentarán la educaci)n sanitaria la educaci)n física y el deporte! As% &is&o +acilitarán la adecuada utilización del ocio! Art! ""!1!' #os poderes p2*licos pro&oWerán ) tutelarán el acceso a la cultura a la Xue todos tienen derec(o! ,!' #os !ode$es !0blicos !$o#oe$n la ciencia ( la ines%i&acin cien%/1ica ( %*cnica en bene1icio del in%e$*s &ene$al ! Art! "4!1!' $odos tienen de$ec-o a dis1$u%a$ de un #edio a#bien%e adecuado para el desarrollo de la persona? as% co&o el de*er de conserWación! ,!' #os poderes p2*licos Welaran por la utilización racional de todos los recursos naturales? con el +in de proteer ) &e/orar la calidad de Wida ) de+ender ) restaurar el &edio a&*iente apo)ándose en la indispensa*le solidaridad colectiWa! 0!' Para Xuienes Wiolen lo dispuesto en el apartado anterior? en los tUr&inos Xue la le) +i/e? se esta*lecerán sanciones penales o en su caso ad&inistratiWas? as% co&o reparar el daño causado! Art! "5!' #os poderes p2*licos arantizarán la conserWación ) pro&oWerán el enriXueci&iento del patri&onio (istórico cultural ) art%stico de los pue*los de España ) de los *ienes Xue la interan cualXuiera Xue sea su rUi&en /ur%dico ) su titularidad! #a le) penal sancionará los atentados contra este patri&onio! Art! "7!' $odos los españoles tienen derec(o a una WiWienda dina ) adecuada! #os poderes p2*licos pro&oWerán las condiciones necesarias )
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esta*lecerán las nor&as pertinentes para (acer e+ectiWo este derec(o? reulando la utilización del suelo? de acuerdo con el interUs eneral para i&pedir la especulación! #a co&unidad participará en las plusWal%as Xue enerU la acción ur*an%stica de los entes p2*licos! Art! "8!' #os poderes p2*licos pro&oWerán las condiciones para la participación li*re ) e+icaz de la /uWentud en el desarrollo pol%tico? social? econó&ico ) cultural! Art! "9Z!' #os poderes p2*licos (arán una pol%tica de preWisión? trata&iento? re(a*ilitación e interación de los dis&inuidos +%sicos ps%Xuicos ) sensoriales? a los Xue !$es%a$n la a%encin es!ecial#en%e !a$a el dis1$u%e de los de$ec-os +ue es%e %/%ulo o%o$&a a %odos los ciudadanos !
Art! 43Z!' #os poderes p!blicos garantizarán mediante pensiones adecuadas ) peri)dicamente actualizadas la suficiencia econ)mica de los ciudadanos durante la tercera edad. As% &is&o ) con independencia de las o*liaciones +a&iliares pro&oWerán su *ienestar &ediante un siste&a de serWicios sociales Xue atenderán sus pro*le&as espec%+icos de salud? WiWienda? cultura ) ocio! Art! 41!1!' #os poderes p!blicos garantizarán la defensa de los consu&idores ) usuarios proteido &ediante procedi&ientos e+icaces! La seguridad$ la salud y los legítimos intereses econ)micos.
,!' #os poderes p2*licos pro&oWerán la in+or&ación ) la educación de los consu&idores? usuarios? +o&entarán sus oranizaciones ) oirán a estos en las cuestiones Xue puedan a+ectar a aXuellos en los tUr&inos Xue la le) esta*lezca! 0!' En el &arco de lo dispuesto por los apartados? la le) reulará el co&ercio interior ) el rUi&en de autorización de productos co&erciales!
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Art! 4,!' #a le) reulará las oranizaciones pro+esionales Xue contri*u)an a la de+ensa de los intereses econó&icos Xue le sean propios su estructura interna ) +unciona&iento de*erán ser de&ocráticos!
Aránzazu González
ZPode&os co&entar Xue lleado a este punto? dependiendo del tipo de oposición alunos art%culos tienen &ás i&portancia Xue otros! Por e/e&plo? si se trata del sector de la educación? podr%a&os decir Xue el art%culo ,7 es +unda&ental! En el á&*ito sanitario nos encontra&os co&o art%culos i&portantes los siuientes "1? "0? "9 ) 43
Cap%tulo #6.) De las !arant%as de las liertades y derechos fundamentales &art. +0 y +2( Art! 40!1!' #os derec(os reconocidos en el Cap%tulo I? del presente t%tulo? Wincularán a todos los poderes p2*licos! TArt! 1" a 08V! olo por ley Xue en todo caso deberá respetar su contenido esencial? podrá reularle el e/ercicio de tales derec(os ) li*ertades Xue se tutelarán de acuerdo con lo preWisto en el art! 151!1!a Trecurso de inconstitucionalidadV ,!' CualXuier ciudadano podrá reca*ar la tutela de las li*ertades ) derec(os reconocidos en el art! 1" ) de la ección 1- del cap%tulo II TArt! 14 al ,9V ante los tri*unales ordinarios por un procedi&iento *asado en los !$inci!ios de !$e1e$encia ( su#a$iedad ) en su caso a traWUs del recurso de a&paro ante el tri*unal constitucional! Este 2lti&o recurso será aplica*le a la o*/eción de conciencia reconocida en el art! 03! 0!' El reconoci&iento? el respecto ) la protección de los principios reconocidos en el cap%tulo III TArt! 09 al 4,V? in+or&ará la leislación positiWa? la práctica /udicial ) la leislación positiWa? la práctica /udicial ) la actuación de los poderes p2*licos solo podrán ser aleados ante la /urisdicción ordinaria de acuerdo con lo Xue dispona las le)es Xue los desarrollen! Art! 4"!' =na le) oránica reulará la institución del defensor del pueblo co&o alto comisario de las cortes generales? desinada por estás para la de+ensa de los derec(os co&prendidos en el $%tulo I? a cu)o e+ecto podrá superWisar la actiWidad de la ad&inistración dando cuenta a las cortes enerales!
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Capitulo 6.) De la suspensión de los derechos y liertades &'rt. ++( Art! 44!1!' /odrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaraci)n del estado de e*cepci)n o de sitio en los t0rminos pre'istos en la constituci)n? los siuientes derec(osQ
Art! 17!' ;erec(o de li*ertad Art! 18!,! ) 0 ' ;o&icilio inWiola*le Art! 19!' #i*re lección de residencia Art! ,3!1 aV ) dV ) 4!' ;erec(o de co&unicación Art! ,1!' ;erec(o de reunión Art! ,8!,!' ;erec(o de (uela Art! 07!,!' econoce derec(o a adoptar &edidas de con+lictos colectiWos! Art! 44!,!' =na le) oránica podrá deter&inar la +or&a indiWidual ) con la necesaria interWención /udicial ) el adecuado control parla&entario? los derec(os reconocidos en el art! 17!, Tdetención preWentiWaV ) 18!, ) 0 TinWiola*ilidad el do&icilio ) el secreto de las pu*licacionesV podrán ser suspendidos? para personas deter&inadas en relación con la inWestiación correspondientes a la actuación de *andas ar&adas o ele&entos terroristas! #a utilización in/usti+icada o a*usiWa de las +acultades reconocidas en dic(a le) oránica producirá responsa*ilidades penal? co&o Wiolación de los derec(os ) li*ertades reconocidas por las le)es! Estado de alarma.5 decla$a el &obie$no dando cuen%a al con&$eso Pla'o: ;< d/as !$o$$o&ables !o$ el con&$eso
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Estado de excepción.5 decla$a el &obie$no !$eia au%o$i'acin del con&$eso Pla'o => d/as, !$o$$o&able !o$ el #is#o !la'o
Aránzazu González
Estado de sitio.5 decla$a el con&$eso !o$ #a(o$/a absolu%a o !$o!ues%a del &obie$no ;6 Pla'o: de%e$#ina el con&$eso. 1+
$%tulo ##.) De la Corona &'rt. + a +( Art! 45!1!' El rey es el ,efe del estado? s%&*olo de la unidad ) per&anec%a Ar*itra ) &odera el +unciona&iento reular de las instituciones Asu&e la &ás alta representación del estado español en las relaciones internacionales? especial&ente con las naciones de su co&unidad (istórica15 E/erce las +unciones Xue le atri*u)en e.presa&ente las le)es! ,!' La persona del rey es in'iolable12 y no esta su,eta a responsabilidad! us actos estarán sie&pre re+rendados en la +or&a esta*lecida en el art! 5"! 0!' u t%tulo es del e) de España ) podrá utilizar los de&ás Xue corresponde a la corona! Art! 47!1!' #a corona de España es (ereditaria en los sucesores de !M! ;on Kuan Carlos I de or*ón le%ti&o (eredero de la dinast%a (istórica! #a sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y 1"
Para &e&orizar? truco ordena por orden al+a*Utico? alar&a e.cepción sitio!? lueo te darás cuenta? Xue alar&a son 14 d%as? ) el e.cepción 03 los dos prorroa*les por el &is&o plazo ) los dos se declara por el o*ierno? pero el pri&ero alar&a dando cuenta al conreso? ) el seundo e.cepción con autorización del conreso! Es estado de sitio el 2lti&o es di+erente se declara por el Conreso por &a)or%a a*soluta a propuesta del o*ierno ) Nel plazoO El Xue deter&ine el Conreso! 14 Este t%tulo dependerá si Wiene co&o tal en la conWocatoria o no? por e/e&plo en /usticia si aparece? en sanidad no! i no aparece co&o tan en la conWocatoria pasa al siuiente te&a? *astante tienes )a para estudiar 15 Preunta de e.a&en el e) asu&e la &ás alta representación del estado español? en las relaciones internacionales ) especial&ente aV con los pa%ses i*eroa&ericanos *V las naciones de su co&unidad (istórica cV los estados &ie&*ros de la unión europea a) Xue tener o/o con &e&orizar los art%culos *ien? ) a la (ora de (acer el e.a&en controlar los nerWios? )a Xue en este caso sa*es Xue es la *V pero puede llear a tener dudas con los pa%ses i*eroa&ericanos! 17 Esto Xuiere decir Xue el e) &ientras Xue asu&a su caro co&o e) no podrá ser i&putado co&o acusado en delitos? tendr%a Xue a*dicar o renunciar para ello!
Constitución Española de 1978 para opositas
representaci)n siendo pre+erida sie&preQ ' la l/nea an%e$io$ a las !os%e$io$es? T(i/os antes Xue a*uelosV en la #is#a l/nea el &$ado #s !$8i#o al #s $e#o%o T(i/os antes
Xue pri&osV? en el &is&o &$ado el a$n a la #u)e$ ? ) en el #is#o se8o la !e$sonad de #s edad al del #enos ! ,!' El pr%ncipe (eredero? desde su naci&iento o desde Xue se produzca el (ec(o Xue oriine el lla&a&iento? %end$ la di&nidad de P$/nci!e de As%u$ias ( los de#s %/%ulos inculados %$adicional#en%e al suceso$ de la co$ona de Es!a"a! 0!' E.tinuidas todas las l%neas lla&adas en derec(o? las cortes generales proWeerán a las sucesión en la Corona en la forma que más con'enga a los intereses de España.
"!' AXuellas personas Xue teniendo derec(o a la sucesión en el trono contra/eren &atri&onio contrala e.presa pro(i*ición del e) ) de las Cortes enerales? Xuedarán e.cluidos en la sucesión a la corona para s% ) sus descendientes! 4!' #as a*dicaciones ) renuncias ) cualXuier duda de (ec(o o de derec(o Xue ocurra en el orden de sucesión a la Corona? se resolWerán por una ley orgánica
Art! 48!' #a reina consorte o el consorte de la reina no podrán asu&ir +unciones constitucionales? salWo lo dispuesto para la reencia!
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Art! 49!1!' Cuando el e) +uere &enor de edad? el padre o la &adre del re) ) en su de+ecto? el !a$ien%e #a(o$ de edad #s !$8i#o a sucede$ en la co$ona? se2n el orden esta*lecido en la constitución? en%$a$ a e)e$ce$ in#edia%a#en%e la $e&encia ) la e/ercerá durante el tie&po de la &inor%a de edad del e)! ,!' i el re) se in(a*ilitarU para el e/ercicio de su autoridad ) la i&posi*ilidad +uere reconocida por las cortes enerales entrará a e/ercer in&ediata&ente la eencia el pr%ncipe (eredero a la corona? si +uere &a)or de edad! i no lo +uere? se procederá de la &anera preWista en el apartado anterior? (asta Xue el pr%ncipe (eredero alcance la &a)or%a de edad!
Aránzazu González
0!' i no (u*iere ninuna persona a Xuien corresponda la reencia? Usta será no&*rada por las cortes enerales? ) se co&pondrá de 1? 0 o 4 personas! "!' Para e/ercer la reencia es preciso ser español ) &a)or de edad 4!' #a reencia se e/ercerá por &andato constitucional ) sie&pre en no&*re del e)! Art! 53!1!' erá tutor del e) &enor la persona Xue en su testa&ento (u*iese no&*rado el e) di+unto? sie#!$e +ue sea #a(o$ de edad ( es!a"ol de naci#ien%o, si no lo (u*iese no&*rado? será tutor el padre o la &adre? &ientras per&anezcan Wiudos! En su de+ecto lo no&*rarán las cortes enerales? pero no !od$n acu#ula$se en los ca$&os de $e&en%e ( de %u%o$ sino en el padre? &adre o ascendiente directos del e)! ,!' El e/ercicio de la tutela es ta&*iUn inco&pati*le con el de todo caro o representación pol%tica!18 Art! 51!1!' El e)? al ser proclamado ante las cortes generales? prestará /ura&ento deQ ' dese&peñar +iel&ente sus +unciones ' Guardar ) (acer uardar la constitución ) las le)es ' espetar los derec(os de los ciudadanos ) de las co&unidades autóno&as! ,!' El !$/nci!e -e$ede$o, al alcan'a$ la #a(o$/a de edad, ( el $e&en%e al -ace$se ca$&o de sus 1unciones !$es%a$n el #is#o )u$a#en%o, as/ co#o el de 1idelidad al Re(.
Art! 5,19!' Corresponde al e)! aV ancionar ) pro&ular las le)es *V ConWocar ) disolWer las cortes enerales ) conWocar elecciones en los tUr&inos preWistos en la constitución cV ConWocar a re+erUndu& en los casos preWistos en la constitución dV Proponer el candidato a presidente de o*ierno ) en su caso? no&*rarlo? as% co&o poner +in a sus +unciones en los tUr&inos preWistos en la constitución 18
>o es lo &is&o eente Xue tutor? ) tendrás Xue tener cuidado con esa di+erenciación? ) las personas Xue pueden llear a serlo 19 Es un art%culo &u) recurrente en los e.á&enes co&o +unciones del re)? Wena Xue ta&poco son tantas? ani&o!
Constitución Española de 1978 para opositas
eV >o&*rar ) separa a los &ie&*ros del o*ierno? a propuesta de su presidente +V E.pedir los decretos acordados en el conse/o de &inistros? con+erir los e&pleos ciWiles ) &ilitares ) conceder (onores ) distinciones con arrelo a las le)es V er in+or&ado de los asuntos de estado ) presidir? a estos e+ectos las sesiones del conse/o de &inistros? cuando lo esti&e oportuno? a petición del presidente del o*ierno! (V El &ando supre&o de las +uerzas ar&adas iV E/ercer el derec(o de racia con arrelo a la le)? Xue no podrá autorizar indultos enerales /V El alto patronazo de las reales acade&ias! Art! 50!1!' Ac$edi%a a los e#ba)ado$es ( o%$os $e!$esen%an%es di!lo#%icos! #os representantes e.tran/eros en España están acreditados ante Ul! ,!' 2ani1ies%a el consen%i#ien%o del es%ado !a$a obli&a$se in%e$nacional#en%e !o$ #edio de %$a%ados de con1o$#idad con la cons%i%ucin ( las le(es!
0!' Al re) le corresponde? preWia autorización de las cortes enerales? declarar la uerra ) (acer la paz! Art! 5"!1!' #os actos del rey serán refrendados por el /residente del gobierno$ ) en su caso por los &inistros co&petentes! La !$o!ues%a ( el no#b$a#ien%o del P$esiden%e del ?obie$no ( la disolucin preWista en el art! 99,3 de la CE! erán re+rendados por el presidente del Conreso! ,!' ;e los actos del re) serán responsa*les las personas Xue los re+renden!
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Art! 54!' El e) reci*e de los presupuestos del estado una cantidad lo*al para el sosteni&iento de su +a&ilia ) casa ) distri*u)e li*re&ente la &is&a! El e) no&*ra ) releWa li*re&ente a los &ie&*ros ciWiles ) &ilitares de casa
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,3
enoWación del conreso de los diputados Aránzazu González
Pre!untas rpidas ' N
Constitución Española de 1978 para opositas
$%tulo ###.) De las cortes !enerales &'rt. al 9( Capitulo 1-!' de las Cá&aras Capitulo ,-!' ;e la ela*oración de las le)es Capitulo 0-!' ;e los tratados internacionales!
Capitulo 1,.) De las cmaras" &'rt. al 8*( Art! 55!1!' #as cortes enerales representan al pue*lo español ) están +or&adas por el Conreso de los diputados ) el enado ,!' #as cortes enerales e/ercen la potestad leislatiWa ' Aprue*a sus presupuestos ' con%$ola la accin del &obie$no ) ' ;e&ás co&petencias Xue le atri*u)a la CE 0!' #as cortes enerales son inWiola*les Art! 57!1!' >adie puede ser &ie&*ro de las dos cá&aras ) si&ultánea&ente? ni acu&ular el acta de una asa&*lea de co&unidad autóno&a con la de diputado del conreso! ,!' #os miembros de las cortes generales no están ligados por mandato imperati'o
0!' #as reuniones parla&entarias Xue se cele*ren sin conWocatoria rela&entaria no 'incularán a las cámaras ) no podrán e,ercer sus funciones ni ostentar sus priWileios!
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Art! 58!1!' El congreso se co&pone de un &%ni&o de 033 ) un &á.i&o de "33 diputados T Ac%ual#en%e =<>7 eleidos porQ su+raio uniWersal? li*re? directo? secretos? en los tUr&inos Xue esta*lezca la le)! ,!' #a circunscripci)n electoral es la pro'incia! #as proWincias de Ceuta ) Melilla estarán representadas cada una de ellas por un diputado! #a le) distri*uirá el n2&ero total de diputados? asinando una representación Aránzazu González
&%ni&a inicial a cada circunscripción ) distri*ución las de&ás en proporción a la po*lación! 0!' #a lección se Weri+icará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional! "!' El conreso es eleido por " años! El &andato de los diputados ter&ina " años despuUs de su elección o el d%a de la disolución de las cá&aras! 4!' on electores ) eleidos todos los españoles Xue estUn en pleno uso de sus derec(os pol%ticos! #as le)es reconocerá ) el estado +acilitará el e/ercicio del derec(o de su+raio a los españoles Xue se encuentren +uera del territorio de España! 5!' #as elecciones tendrán luar entre los 3 y 4 días desde la terminaci)n del &andato! El conreso electo de*erá ser con'ocado dentro de los &5 días siguientes a la celebraci)n de las elecciones.
Art! 59!1!' El senado es la cámara de representaci)n territorial ,!' En cada proWincia se eleirán 6 senadores por su+raio uniWersal? secreto? iual? directo ) li*re por los Wotantes de cada una de ellas? en los tUr&inos Xue señale la le) oránica! 0!' En las proWincias insulares? cada isla o arupación de ellas? con ca*ildo o conse/o insular? constituirá una circunscripción a e+ectos de elección de senadores? correspondiente 3 a cada una de las islas mayoresQ ' ?$an cana$ia, 2allo$ca ( Tene$i1e ) uno a cada una de las siuientes islas o arupaciones? I*iza? For&entera? Menorca? FuenteWentura? Go&era? ierro? #anzarote ) la Pal&a "!' En las po*laciones de Ceuta ) Melilla,1 eleirán cada una de ellas a & senadores
4!' #as co&unidades autóno&as desinarán ade&ás un senador ) otro &ás por cada &illón de (a*itantes de su respectiWo territorio! #a desi&nacin co$$es!onde a la asa#blea le&isla%ia o en su de1ec%o, al $&ano cole&iado su!e$io$ de la CA ? de acuerdo con lo Xue esta*lezcan los
estatutos? Xue aseuran en todo caso? la adecuada representación proporcional! ,1
Cuidado con Ceuta ) Melilla? ) puede lleWar a error el d%a del e.a&en >2&ero de Diputados 1 por cada proWincia de Ceuta ) Melilla >2&ero de enadores & por cada proWincia de Ceuta ) Melilla Para &e&orizarlo pode&os recurrir al orden al+a*Utico ) nu&Urico ; de diputados 1? de senadores ,!
Constitución Española de 1978 para opositas
5!' El senado es eleido por " años! El &andato de los senadores ter&ina " años despuUs de su elección o el d%a de la disolución de la cá&ara! Art! 73!1!' #a le) electoral deter&ina las causas de inelei*ilidad e inco&pati*ilidad de los diputados ) senadores? Xue co&prenderán en todo caso aV a los co&ponentes del tri*unal constitucional *V A los altos caros de la ad&inistración del estado Xue deter&inó la le)? con la e.cepción de los &ie&*ros del o*ierno! cV al de+ensor del pue*lo dV a los &aistrados /ueces ) +iscales en actiWo eV a los &ilitares pro+esionales &ie&*ros de las +uerzas ) cuerpos de seuridad ) polic%a en actiWo! +V a los &ie&*ros de las /untas electorales ,!' La 'alidez de las actas y credenciales de los miembros de ambas cámaras estará sometido al control ,udicial? en los tUr&inos Xue esta*lece la #e) electoral Art! 71!1!' #os diputados ) senadores ozarán de la inWiola*ilidad por las opiniones &ani+estadas en el e/ercicio de sus +unciones ,!' ;urante el periodo de &andato los diputados ) senadores ozarán asi&is&o de in&unidad? ) sólo podrán ser determinados en caso de flagrante delito! >o podrán ser inculpados ni procesados sin la pre'ia autorizaci)n de la cámara correspondiente! 0!' En la causa con%$a di!u%ado ( senado$es se$ co#!e%en%e la sala de lo penal del tribunal supremo.
"!' #os diputados ) senadores reci*irán una asinación Xue será +i/ada por las respectiWas cá&aras!
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Art! 7,!1!' Para desempeñar sus funciones las cámaras establecen sus [ propios rela&entos ' Aprue*an autóno&a&ente sus presupuestos ) de co&2n acuerdo ' eulan el estatuto de personal de las cortes enerales ' #os rela&entos ' u re+or&a serán so&etidas a una Wotación +inal so*re su totalidad Xue reXuiera la &a)or%a a*soluta! Aránzazu González
,!' #as cámaras elegirán sus respecti'os presidentes ) los demás miembros de sus mesas? las sesiones con,untas serán presididas por el presidente del congreso? ) se reirán por un rela&ento de las cortes enerales? apro*ado por &a)or%a a*soluta de cada cá&ara! 0!' #os presidentes de las cá&aras? e/ercen en no&*re de las &is&as todos los poderes ad&inistratiWos ) +acultades de polic%a en el interior de sus respectiWas sedes! Art! 70!1!' #as cá&aras se reunirán anual&ente en dos per%odos ordinarios de sesiones ' El primero de septiembre a diciembre # El segundo de febrero a ,unio. ,!' #as cá&aras podrán $euni$se en sesiones e8%$ao$dina$ias ? a petici)n del gobierno de la diputaci)n permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las cámaras.
#as sesiones e.traordinarias de*erán conWocarse so*re un orden del d%a deter&inado ) serán clausuradas una Wez Xue Uste (a)a sido aotado! Art! 7"!1!' #as cámaras se reunirán en sesi)n con,unta para e/ercer la co&petencia no leislatiWa Xue el $itulo II le atri*u)e e.presa&ente a las cortes enerales! ,!' #as decisiones de las cortes enerales preWistas en el art! 9"!1? 1"4!, ) 148!, se adoptarán por mayoría de cada una de las cámaras! En el pri&er caso? el proceso se iniciará por el conreso ) en los otros dos por el senado! En a&*os casos? si no (u*iere acuerdo entre conreso ) senado? se intentará o*tener en una co&isión &i.ta co&puesta por iual n2&ero de diputados ) senadores! #a co&isión presentará un te.to Xue será Wotado por a&*as cá&aras! i no se aprue*a en la +or&a esta*lecida? decidirá el conreso por &a)or%a a*soluta! A$%. @6.; La !$es%acin del consen%i#ien%o del es%ado !a$a obli&a$se !o$ #edio de conenios ( %$a%ados $e+ue$i$ la !$eia au%o$i'acin de las co$%es. A$%. ;6<.4.5 Los acue$dos de coo!e$acin en%$e las co#unidades au%no#as, necesi%a$n la au%o$i'acin de las co$%es &ene$ales. A$%. ;<.4.5 Con el 1in de co$$e&i$ dese+uilib$ios econ#icos in%e$%e$$i%o$iales ( -ace$ e1ec%io el !$inci!io de solida$idad, se cons%i%ui$ el 1ondo de co#!ensacin con des%ino a &as%os de ine$sin, cu(os
Constitución Española de 1978 para opositas
$ecu$sos se$ n dis%$ibuidos !o$ las co$%es co#unidades au%no#as ( !$oincias, en su casa
&ene$ales,
en%$e
las
Art! 74!1!' #as cámaras funcionarán en pleno y por comisiones! ,!' #as cámaras podrán delegar en las comisiones legislati'as permanentes la apro*ación de pro)ectos o proposiciones de le)! El pleno podrá? no o*stante? reca*ar en cualXuier &o&ento el de*ate ) Wotación de cualXuier pro)ecto o proposición de le) Xue (a)a sido o*/eto de esta deleación! 0!'
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Art! 78!1!' En cada cámara habrá una diputaci)n permanente compuesta por un mínimo de &1 miembros? Xue representarán a los rupos parla&entarios? en proporción a su i&portancia nu&Urica! ,!' #as diputaciones per&anentes? estarán presididas por el presidente de la cá&ara? respectiWa ) tendrán co&o +unciones las preWistas en el art! 70 Tpeticiones de reuniones e.traordinarias de las cá&arasV Aránzazu González
' #as de asu&ir las +acultades Xue correspondan a las cá&aras de acuerdo con los art! 85,, ) 115,0? en caso de Xue Ustas (u*ieren sido disueltas o (u*ieren e.pirado su &andado ' ) la de Welar por los poderes de las cá&aras? cuando Ustas? no estUn reunidas! 0!' E.pirado el &andato o en caso de disolución? las diputaciones per&anentes? seuirán e/erciendo sus +unciones (asta la constitución de las cortes enerales! "!' eunida la cá&ara correspondiente? la diputación per&anente dará cuenta de los asuntos tratados ) de sus decisiones! Art! 79!1!' Para adoptar acuerdos las cá&aras de*en estar reunidas rela&entaria&ente ) con asistencia de la &a)or%a de sus &ie&*ros! ,!' ;ic(os acuerdos para ser Wálidos de*erán será pro*ados por &a)or%a de los &ie&*ros presentes? sin per/uicio de las &a)or%as especiales Xue esta*lezcan la constitución o las le)es oránicas ) las Xue para elección de personas esta*lezcan los rela&entos de las cá&aras! 0!' El Woto de senadores ) diputados es personal e indelea*le! Art! 83!' #as sesiones plenarias de las cá&aras serán p2*licas? salWo acuerdo en contrario de cada cá&ara? adoptado por &a)or%a a*soluta o con arrelo al rela&ento!
Pre!untas rpidas ' N
Art! 85 #a ela*oración de decretos le)es? en caso de urente ) e.traordinaria necesidad Art! 115 estados de Alar&a? sitio o E.cepción
,0
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' No? e.cepto en caso de +larante delito! ' @ NCuándo pueden ser inculpadosO Con la preWia autorización de la cá&ara correspondiente! ' En la causa contra diputado ) senadores será co&petenteQ #a sala de lo penal del tri*unal supre&o! ' #as sesiones con/untas serán presididas porQ el presidente del conreso ' #as cá&aras se reunirán anual&ente en dos sesionesQ 1- de septie&*re a dicie&*re ) ,- de +e*rero a /unio ' Ne pueden reunir en sesiones e.traordinariaO i? a petición del o*ierno de la diputación per&anente? o de la &a)or%a a*soluta de los &ie&*ros de cualXuiera de las cá&aras ' Ne pueden reunir en sesiones con/untasO i? para e/ercer la co&petencia no leislatiWa Xue el $itulo II le atri*u)e e.presa&ente a las cortes enerales! ' #as cá&aras +uncionanQ En pleno ) por co&isiones! ' #as co&isiones de inWestiación sus conclusiones Nson WinculantesO >o? ni para tri*unales ni a+ectarán a las resoluciones /udiciales? sin per/uicio de Xue el resultado de la inWestiación sea co&unicado al &inisterio +iscal! '
Aránzazu González
Capitulo ,.) de la elaoración de las leyes &art. 81 a 9( Art! 81!1!' on leyes orgánicas las relatiWas al desarrollo de los derec(os +unda&entales ) li*ertades p2*licas! ' #as Xue aprue*e el estatuto de autono&%a ' El rUi&en electoral eneral ' #as de&ás preWistas en la constitución! ,!' #a aprobaci)n$ modificaci)n o derogaci)n de las leyes orgánicas e*igirá mayoría absoluta del congreso? en una Wotación +inal so*re el con/unto del pro)ecto! Art! 8,!1!' #as cortes generales podrán delegar en el gobierno la potestad de dictar nor&as con rano de le)? so*re &aterias deter&inadas no incluidas en el art%culo anterior! ,!' #a delegaci)n legislati'a de*erá otorarse mediante una ley de bases cuando su o*/etiWo sea la +or&ación de te.tos articulados? o por una ley ordinaria cuando se trate en re+undir Warios te.tos leales en uno! 0!' #a deleación leislatiWa (a*rá de otorarse al o*ierno de forma e*presa para materia concreta y con fi,aci)n del plazo para su t0rmino! #a deleación se aotará por el uso de Xue ella se (aa el o*ierno &ediante la pu*licación de la nor&a correspondiente! Art! 80!' #as le)es de *ases no podrán en ning!n caso! aV Au%o$i'a$ la #odi1icacin de la !$o!ia le( de bases *V 1acul%ad !a$a dic%a$ no$#as con ca$c%e$ $e%$oac%io ! Art! 8"!' Cuando una proposición de le) o una en&ienda +uere contraria a una deleación leislatiWa en Wior? el o*ierno está +acultado para oponerse a su tra&itación! En tal supuesto podrá presentarse una proposición de le) para la deleación total o parcial de la le) de deleación
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Art! 84!' #as disposiciones del o*ierno Xue contena leislación deleada reci*irá el t%tulo de decretos leislatiWos! Art! 85!1!' En caso de urgente y e*traordinaria necesidad el gobierno podrá dictar disposiciones legislati'as pro'isionales que tomarán la forma de decretos leyes ) Xue no podrán afectar al ordena&iento de las
instituciones de los ciudadanos reulados en el t%tulo I al rUi&en de la co&unidad autóno&a? ni el derec(o electoral eneral! ,!' #os decretos le)es de*erán ser in&ediata&ente so&etidos a de*ate ) Wotación de totalidad al conreso de los diputados? conWocado al e+ecto sino estuWieren reunido en el plazo de 03 d%as siuientes a su pro&ulación! El conreso de*erá de pronunciarse e.presa&ente dentro de dic(o plazo so*re su conWalidación o deroación? para lo cual el rela&ento esta*lecerá un procedi&iento especial ) su&ario! >o podrá entenderse concedida de &odo i&pl%cito o por tie&po indeter&inado! $a&poco podrá per&itir la su*deleación a autoridades di+erentes del o*ierno! 0!' ;urante el !la'o es%ablecido en el a!a$%ado an%e$io$ las co$%es !od$n %$a#i%a$lo co#o !$o(ec%os de le( !o$ los !$ocedi#ien%os de u$&encias. "!' #a ley de bases delimitaran con precisi)n el ob,eto y alcance de la delegaci)n leislatiWa ) los principios y criterios que han de seguir en su e,ercicio! 4!' #a autorizaci)n para refundir te*to leales determinará el ámbito normati'o a que se refiere el contenido de la delegaci)n? especi+icando si se ci$cunsc$ibe a la #e$a 1o$#ulacin de un %e8%o 0nico o si se inclu(e la de $e&ula$, acla$a$ ( a$#oni'a$ los %e8%os le&ales +ue -an de se$ $e1undidos !
5!' in per/uicio de la co&petencia propia de los tri*unales? las le)es de deleación podrán esta*lecer en cada una? +or&ulas adicionales de control! 0 4 a n i g á P
Art! 87!1!' #a iniciati'a legislati'a corresponde al gobierno "l congreso 7 al senado
;e acuerdo a la constitución ) a los rela&entos de las cá&aras Aránzazu González
,!' "sambleas legislati'as de las comunidades aut)nomas? podrán solicitar al o*ierno la adopción de un pro)ecto de le) o re&itir a la &esa de conreso una proposición de le)? deleando ante dic(a cá&ara un &á.i&o de 0 &ie&*ros de la asa&*lea encarados de su de+ensa! 0!' =na ley orgánica regulara las formas de e,ercicio ) requisitos de la iniciati'a popular? para la presentación de proposiciones de le)! En todo caso se e.iirá no &enos de 433!333 +ir&as acreditatiWas! +o procederá dic-a inicia%ia en #a%e$ias !$o!ias de le( o$&nica ? %$ibu%a$ias o de ca$c%e$ in%e$nacional ? ni en lo $ela%io a la !$e$$o&a%ia de &$acia ! Art! 88!' #os proyectos de ley serán apro*ados en conreso de &inistros? Xue los so&eterá al conreso aco&pañados de una e.posición de &otiWos ) de los antecedentes necesarios para pronunciarse so*re ellos! Art! 89!1!' #a tra&itación de las proposiciones de le) se reulará por los rela&entos de las cá&aras? sin Xue la prioridad de*ida a los pro)ectos de le) i&pida el e/ercicio de la iniciatiWa leislatiWa! ,!' #as proposiciones de le) Xue de acuerdo con el art! 87 to&e en consideración el senado se re&itirá al conreso para su trá&ite en estU co&o tal proposición! Art! 93!1!' Apro*ado un pro)ecto de le) ordinario u oránico? por el congreso de los diputados? su presidente? dará in&ediata cuenta del &is&o al presidente del senado? el cual lo so&eterá a la deli*eración de este! ,!' El senado en el plazo de , &eses a partir de la recepción de te.to? !uede #edian%e #ensa)e #o%iado o!one$ su e%o o in%$oduci$ en#iendas al #is#o El 'eto deberá ser aprobado por mayoría absoluta$ el pro)ecto no podrá
ser so&etido al re) para sancionar? sin Xue el conreso rati+iXue por &a)or%a a*soluta! En caso de Weto? el te.to inicial o por &a)or%a si&ple? una Wez transcurrido , &eses desde la interposición del &is&o? o se pronuncie so*re las en&iendas? aceptándose o no por &a)or%a si&ple! 0!' En el plazo de , &eses de Xue el senado dispone para Welar o en&endar el pro)ecto se reducirá al de & días naturales en los
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proyectos declarados urgentes por el gobierno o por el congreso de los ," diputados!
Art! 9,!1!' La decisiones !ol/%icas de &$an %$anscendencia !od$n se$ so#e%idas a $e1e$*ndu# consul%io de %odos los ciudadanos! ,!' El re+erUndu& será conWocado por el re) &ediante propuesta del presidente del o*ierno? preWia autorización por el conreso de los diputados! 0!' =na le) oránica reulará las condiciones ) el procedi&iento de las &is&as &odalidades de re+erUndu& preWistas en la constitución!
Co&o esta parte es &ás densa si no se tiene conoci&iento de le)es ) da a Xue se pierda uno con tanto concepto? os Wo) a dar unas notas para aclarar alunos conceptos! Clases de le)es por la constitución ' Leyes orgánicas? son las le)es &ás i&portantes se puede decir? por la &ateria Xue desarrolla? co&o derec(os +unda&entales ) li*ertades p2*licos? aprue*an los estatutos de autono&%a de las co&unidades autóno&as? el rUi&en electoral eneral? ) las de&ás Xue Wenan en la constitución? co&o Weis todas estas cuestiones anteriores no se pueden to&ar a la liera? por lo Xue se e.ie una &a)or%a a*soluta del conreso? en una Wotación +inal so*re el con/unto del pro)ecto? co&o dice el art! 81!,? Xue se entiende por &a)or%a a*soluta? la mitad más uno de los 'otos de todos los diputados? en el á&*ito de Wotaciones del Conreso de los ;iputados? la &a)or%a a*soluta se identi+ica con 175 Wotos T174\1V? teniendo en cuenta Xue (a) 043 diputados! ' Leyes ordinarias? ) el resto de &aterias se leislan por le)es ordinarias! En el caso concreto Xue especi+ica la constitución? en el supuesto de delear al o*ierno la potestad de dictar nor&as? cuando se trate de re+undir,4 Warios te.tos leales en uno esta deleación se (ará &ediante le) ordinaria 2 4 a n i g á P
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En este punto lo &ás i&portante es? el plazo para Xue el enado deli*ere la le) es de , &eses? pero en caso de urencia se reduce a ,3 d%as! ,4 e+undir Warios te.tos leales en uno? esto es co&2n? )a Xue el leislador so*re una &is&a &aterial? puede leislar desde di+erentes puntos de Wista? encontrándose Xue para un asuntos dos o tres le)es? por lo Xue se (ace es coer todos estas le)es ) /untarlas en una? para Xue no (a)a tanta dispersión de le)es!!
Aránzazu González
' Ley de bases? este tipo de le)es se da cuando las cortes enerales delean en el o*ierno para Xue (aan te.tos articulados? en la &is&a especi+ica al o*ierno Xue es lo Xue tiene Xue leislar ) co&o? de las *ases Xue se ponen no se podrá salir!? por eso el art! 85!" la le) de *ases deli&itara con precisión el o*/eto ) alcance de la deleación leislatiWa ) los principios ) criterios Xue (an de seuir en su e/ercicio! ,5 ' Decretos legislati'os? para di+erenciar entre la nor&atiWa Xue realiza las cortes Generales? ) las Xue realiza el o*ierno? se crean los decretos leislatiWos? Xue serán aXuellos Xue por deleación (aan el o*ierno! ' Decretos ley? este tipo de nor&a se suele dar? en ocasiones Xue por la raWedad el o*ierno tiene Xue (acer una nor&a? )a Xue no da tie&po a Xue se re2nan las cá&aras etc? por eso tiene unas li&itaciones? e.puestas en el art! 85!1 [ ordena&iento de las instituciones de los ciudadanos reulados en el $%tulo I ' Ui&en de la co&unidad autóno&a ' ;erec(o electoral Esta &aterial estas li&itadas a su ela*oración a traWUs de le)es oránicas? no nos pode&os olWidar! Co&o son nor&as Xue se (acen sin deleación preWia? ni autorización de las cá&aras? solo porXue (a) una urente necesidad de leislar? esta de*erá ser so&etida a Wotación por la totalidad del conreso en el plazo de 03 d%as? para su conWalidación o deroación? aXu% es i&portante el plazo ) Xuien de*e estar reunido! AunXue ta&*iUn en ese periodo de 03 d%as las cortes pueden tra&itarlo co&o pro)ecto de le) por los procedi&ientos de urencia
,5
Por lo tantoQ #e) de *ases _________ te.tos articulados #e)es ordinarias_______ e+undir te.tos en uno Esto (a) Xue tenerlo &u) claro por eso (ao este esXue&a? suele ser una preunta recurrente en &uc(os e.á&enes!
Constitución Española de 1978 para opositas
Capitulo 0,.) de los tratados internacionales &art. 90 a 9( Art! 90!' Mediante #e) oránica se podrá autorizar la cele*ración de tratados por los Xue se atri*u)a a una oranización o institución internacional? el e/ercicio de co&petencias deriWadas de la constitución! Corresponde a las cortes enerales o al o*ierno? se2n los casos la arant%a del cu&pli&iento de estos tratados ) de las resoluciones e&anadas de los oranis&os internacionales o supranacionales titulares de la cesión! Art! 9"!' #a presentación del consenti&iento del estado para o*liarse por &edio de tratados o conWenios reXuerirá la preWia autorización de las cortes enerales? en los siuientes casos aV tratados de carácter pol%tico *V $ratados o conWenios de carácter &ilitar cV $ratados o conWenios Xue a+ecten a la interidad territorial del estado o a los derec(os ) de*eres +unda&entales esta*lecidos en el t%tulo I dV $ratados o conWenios Xue i&pliXuen o*liaciones +inancieras para la (acienda p2*lica eV $ratados o conWenios Xue suponan &odi+icación o deroación de aluna le) o e.i/a &edidas leislatiWas para su e/ecución! El conreso ) el senado serán in&ediata&ente in+or&ados de la conclusión de los restantes tratados o conWenios! Art! 94!' #a celeb$acin de un %$a%ado in%e$nacional +ue con%en&a es%i!ulaciones con%$a$ias a la cons%i%ucin e8i&i$ la !$eia $eisin cons%i%ucional !
El o*ierno o cualXuiera de las cá&aras puede reXuerir al tri*unal constitucional para Xue declare si e.iste o no esa contradicción! 4 a n i g á P
Art! 95!' #os tratados internacionales 'álidamente celebrados$ una 'ez publicados oficialmente en España$ formarán parte del ordenamiento Aránzazu González
interno! us disposiciones sólo podrán ser deroadas? &odi+icadas o
suspendidas en la +or&a preWista en los propios tratados o de acuerdo con las nor&as enerales del derec(o internacional!
Constitución Española de 1978 para opositas
$itulo eforma Constitucional &'rt. 1 a 19( Art! 155!#a iniciatiWa de re+or&a constitucional se e/ercerá en los tUr&inos preWistos en los apartados 1 ) , del art%culo 87 A$%. B.; La inicia%ia le&isla%ia !a$a #odi1ica$ la cons%i%ucin la %end$ 5 El &obie$no 5 El Con&$eso ( Senado 5 Asa#bleas le&isla%ias de las Co#unidades Au%no#as, +uienes !od$n $e#i%i$ al &obie$no o a la #esa del con&$eso de los di!u%ados, una !$o#ocin de le(, dele&ando an%e dic-a c#a$a un #8i#o de = #ie#b$os !a$a +ue de1iendan el #is#o.
Art! 157!1!' #os proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por mayoría de 385 de ambas cámarasQ si no (a) acuerdo entre a&*as? se in%en%a$ ob%ene$lo #edian%e c$eacin de una co#isin de co#!osicin !a$i%a$ia de di!u%ados ( senado$es, +ue !$esen%a$n un %e8%o +ue se$ o%ado !o$ el con&$eso ( el senado. ,!' ;e no lo&$a$se la a!$obacin #edian%e el !$ocedi#ien%o del a!a$%ado an%e$io$ ? ) sie&pre Xue el te*to hubiere obtenido el 'oto fa'orable de la mayoría absoluta del senado$ el congreso$ por mayoría de &83 podrá aprobar la reforma! 0!' "probada la reforma por las cortes generales$ será sometida a refer0ndum para su ratificaci)n cuando así lo soliciten$ dentro de los 15 días siguientes a su aprobaci)n$ una d0cima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.
6 4 a n i g á P
Art! 158!1' Cuando se propusiese la reWisión total de la Constitución o parcial Xue a+ecte al ' $%tulo II de la &is&a Tla coronaV ' $%tulo I capitulo II sección ,e procederá a la aprobaci)n del principio por mayoría de &83 de cada cámara? y a la disoluci)n inmediata de las cámaras Aránzazu González
,!' #as cá&aras eleidas de*erán rati+icar la decisión ) proceder al estudio del nueWo te.to constitucional? Xue de*erá ser apro*ado por &a)or%a de ,S0 de a&*as cá&aras 0!' Apro*ada la re+or&a por las cortes enerales? será so&etida a re+erUndu& para su rati+icación! Art! 159! +o podrá iniciarse la re+or&a constitucional en tie&po de uerra o de Wiencia de aluno de los estados preWistos en el art%culo 115 TEstados de alar&a? e.cepción o sitioV
Constitución Española de 1978 para opositas
$ %tulo # CE $riunal constitucional &art. 1+9)1+( e reula por #e) oránica ,S1979 de 0 de octu*re el tri*unal constitucional Art! 149!1!' El tri*unal constitucional se co&pone de 1& miembros nombrados por el 9ey! 6 elegidos por enado por &a)or%a de 0S4 entre los candidatos presentados por las Asa&*leas leislatiWas de las co&unidades autóno&as! 6 a propuesta del ongreso de los Diputados? por &a)or%a de 0S4 & a propuesta del :obierno & conse,o general del /oder ,udicial por &a)or%a de 0S4
,!' #os &ie&*ros del $ri*unal Constitucional de*erán ser no&*rados entre Maistrados ) Fiscales? Pro+esores de =niWersidad? +uncionarios p2*licos ) a*oados? todos ellos /uristas de reconocida co&petencia con &ás de Xuince años de e/ercicio pro+esional! 0!' erán designados por un período de ; años ) se reno'arán por &2 terceras partes cada 3 años ! "!' #a condición de &ie&*ro del $ri*unal Constitucional es incompatibleQ con todo ' &andato representatiWo ' con los caros pol%ticos o ad&inistratiWos ' con el dese&peño de +unciones directiWas en un partido pol%tico o en un sindicato ' ) con el e&pleo al serWicio delos &is&os ' con el e/ercicio de las carreras /udicial ) +iscal? ' ) con cualXuier actiWidad pro+esional o &ercantil! En lo de&ás? los &ie&*ros del $ri*unal Constitucional tendrán las inco&pati*ilidades propias de los &ie&*ros del Poder Kudicial! 4!' #os #ie#b$os del T$ibunal Cons%i%ucional se$n inde!endien%es e ina#oibles en el e)e$cicio de su #anda%o! 8 4 a n i g á P
,7
erán eleidos por un periodo de 9 años? renoWándose por terceras partes cada 0 años? es +ácil de recordar 0 por 0 son 9? cada tres años? se renueWan la tercera parte! Aránzazu González
Art! 153!' El /residente del -ribunal onstitucional será no&*rado entre sus &ie&*ros por el e)? a propuesta del &is&o $ri*unal en pleno ) por un per%odo de tres años! 1- Wotación? &a)or%a a*soluta ,- Dotación? &a)or n2&ero de Wotos? si (a) e&pate entre candidatos 0- Dotación? &a)or n2&ero de Wotos? si (a) e&pate entre candidatos Ma)or antiYedad en caro? en caso de &is&a antiYedad El de &a)or edad Elección del Wicepresidente el &is&o procedi&iento? le incu&*e sustituir al presidente en caso de Wacante? ausencia presidir la sala seunda! Art! 151!' El tri*unal Constitucional tiene /urisdicción en todo el territorio español ) es co&petente para conocerQ aV ;el recurso de inconstitucionalidad contra le)es ) disposiciones nor&atiWas con +uerza de le)! #a declaración de inconstitucionalidad de una nor&a /ur%dica con rano de le)? interpretada por la /urisprudencia? e+ectuará a Usta? si *ien la sentencia o sentencias reca%das no perderán el Walor de casos /uzada! *V ;el recurso de a&paro por Wiolación de derec(os ) li*ertades re+eridos en el art%culo 40!,? de la Constitución? en los casos ) +or&as Xue la le) esta*lezca! cV ;e los con+lictos de co&petencia entre el Estado ) las Co&unidades Autóno&as o de los de Ustas entre s%! dV ;e las de&ás &aterias Xue le atri*u)an la constitución o las le)es oránicas! ,!' El Go*ierno podrá i&punar ante el $ri*unal Constitucional las disposiciones ) resoluciones adoptadas por los óranos de las Co&unidades Autóno&as! #a i#!u&nacin !$oduci$ la sus!ensin de la dis!osicin o $esolucin $ecu$$ida ? pero el $ri*unal? en su caso? de*erá rati+icarla o leWantarla en un plazo no superior a cinco meses Art! 15,!1!' Están leiti&adosQ aV Para interponer el recurso de inconstitucional$ ' el Presidente del Go*ierno , ' el ;e+ensor del Pue*lo?
Constitución Española de 1978 para opositas
' 43 diputados? ' 43 senadores? ' los óranos coleiados e/ecutiWos de las Co&unidades Autóno&as )? en su caso? las Asa&*leas de las &is&as *V Para interponer el recurso de amparo? toda persona natural o /ur%dica Xue inWoXue un interUs le%ti&o? as% co&o el ;e+ensor del Pue*lo ) el Ministerio Fiscal! ,!' En los de&ás casos? la le) oránica deter&inará las personas ) óranos leiti&ados! Art! 150!' Cuando un )rgano ,udicial considere? en al2n proceso? Xue una nor&a con rano de le)? aplica*le el caso? de cu)a Walidez dependa el +allo? pueda ser contraria a la Constitución? planteará la cuesti)n ante el -ribunal onstitucional en los supuestos? en la +or&a ) con los e+ectos Xue esta*lezca la le)? Xue en nin2n caso será suspensiWo! Art! 15"!1!' #as sen%encias del T$ibunal Cons%i%ucional se !ublica$n en el ole%/n O1icial del Es%ado ? con los Wotos particulares? si los (u*iere! -ienen el 'alor de cosa ,uzgada a partir del d%a siuiente de su pu*licación ) no ca*e recurso aluno contra ellas! #as Xue declaren la inconstitucionalidad de una le) o de una nor&a con +uerza de le) ) todas las Xue no se li&iten a la esti&ación su*/etiWa de un derec(o? tienen plenos e+ectos +rente a todos! ,!' alWo Xue en el +allo se dispona otra cosa? su*sistirá la Wiencia de la le) en la parte no a+ectada por la inconstitucionalidad! Art! 154!' =na le) oránica reulará el +unciona&iento del $ri*unal Constitucional? el estatuto de sus &ie&*ros? el procedi&iento ante el &is&o ) las condiciones para el e/ercicio de las acciones!
0 5 a n i g á P
Aránzazu González
Pre!untas reales de emenes 1!' El art! 1" de la constitución Española dice los españoles son iuales ante la le)? sin Xue pueda preWalecer discri&inación aluna por razón de naci&iento? raza? se.o? reliión? opinión? cualXuier otra condición o circunstancia personal o socialH NEn XuU parte de la constitución está recoidoO aV $%tulo preli&inar *V $%tulo I Cap%tulo I cV $%tulo I Cap%tulo II dV $%tulo I Cap%tulo III ,!'e2n el art! 8, de la Constitución? la deleación leislatiWa cuando su o*/etiWo sea la +or&ación de te.tos articulados? de*erá otorarse &edianteQ aV =na le) ordinaria *V =na le) de *ases cV =na le) oránica dV =n decreto #e) 0!' e2n la constitución? en las causas contra senadores ) diputados NXuU tri*unal será el co&petenteO aV #a sala de la Penal de la Audiencia >acional *V #a ala de lo Penal del $ri*unal superior de /usticia cV #a sala de lo Penal del $ri*unal upre&o dV El Kuzado Central de lo Penal "!' ;e acuerdo con la constitución? la cuestión de inconstitucionalidad ante el tri*unal constitucional podrá ser planteada por aV $oda persona natural o /ur%dica Xue inWoXue un interUs le%ti&o *V El ;e+ensor del Pue*lo cV #os óranos /udiciales dV El &inisterio Fiscal 4!' e2n la Constitución Española? los Walores superiores del ordena&iento /ur%dico sonQ aV #a iualdad? la li*ertad? la de&ocracia ) la &onarXu%a parla&entaria *V #a li*ertad? la /usticia? la de&ocracia ) el pluralis&o pol%tico
Constitución Española de 1978 para opositas
cV #a li*ertad? la /usticia? la iualdad ) el pluralis&o pol%tico! dV #a iualdad ante la #e)? la li*ertad? la unidad de la nación española ) el derec(o a la autono&%a de las nacionalidades reiones Xue la interan 5!' =na de las siuientes no es +unción constitucional del e)! IndiXue cuálQ aV ancionar ) pro&ular las le)es *V Apro*ar los estatutos de Autono&%a cV ConWocar a re+erUndu& en los casos preWistos en la constitución! dV El &ando supre&o de las +uerzas Ar&adas 7!' ;e acuerdo con nuestra constitución? son +unda&ento del orden pol%tico ) de la paz socialQ aV #a li*ertad de e.presión? el respeto a la #e) ) el pluralis&o pol%tico *V #a dinidad de la persona? el li*re desarrollo de su personalidad? la iualdad de derec(os ) la li*ertad cV #a li*ertad? la iualdad de los ciudadanos ante la #e) ) su dinidad inWiola*le dV #a li*ertad de la persona? los derec(os inWiola*les Xue les son in(erentes? el li*re desarrollo de la personalidad ) el respeto a la #e) ) a los derec(os de los de&ás 8!' NA XuU órano constitucional corresponde declarar el estado de alar&a o de e.cepciónO aV al presidente del o*ierno *V Al &inistro del interior cV Al conse/o de &inistros dV Al conreso de los diputados!
2 5 a n i g á P
9!' =na de las siuientes a+ir&aciones no es correcta! IndiXue cuálQ aV #a apro*ación de le)es oránicas e.ie &a)or%a a*soluta del Conreso? con una Wotación +inal so*re el con/unto del pro)ecto *V El rUi&en electoral eneral se esta*lece por #e) ránica cV #as Cortes Generales pueden delear en el Go*ierno? &ediante una #e) de ases? la ela*oración de una #e) Xue desarrolle la li*ertad reliiosa dV #os Estatutos de Autono&%a se aprue*an por #e) ránica! Aránzazu González
13!' El eal ;ecreto 1"41S,334? de 7 de dicie&*re? señala Xue? de acuerdo con los principios contenidos en el art%culo 130 de la constitución Española? el personal +uncionario de carrera será seleccionado con criterios deQ aV I&parcialidad ) con arrelo a los principios de iualdad? &Urito? capacidad ) ta&*iUn de pu*licidad *V I&parcialidad ) con arrelo a los principios de iualdad? &Urito ) capacidad! cV */etiWidad ) con arrelo a los principios de iualdad? &Urito? capacidad ) ta&*iUn de pu*licidad dV Pu*licidad ) con arrelo a los principios de iualdad? &Urito ) capacidad! 11!' $al co&o esta*lece el art%culo 45 de la Constitución Española? el e) asu&e la &ás alta representación del Estado Español en las relaciones internacionales? pero &atiza Xue dic(a representación será especial&ente conQ aV Con las naciones de su co&unidad (istórica *V Con las naciones de su entorno cultural ) eorá+ico cV Con las naciones interantes de la =nión Europea dV Con las naciones i*eroa&ericanas! 1,!' El o*ierno podrá i&punar ante el tri*unal constitucional las disposiciones ) resoluciones adoptadas por los óranos de las co&unidades Autóno&as! #a i&punación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida? pero el $ri*unal? en su caso? de*erá rati+icarla o leWantarla en un plazoQ aV >o superior a 4 &eses *V >o superior a 0 &eses cV >o superior a 5 &eses dV no superior a " &eses! 10!' erá tutor del e) &enor de edad en pri&er luarQ aV #a persona Xue no&*ren las cortes enerales *V #a persona a Xuien corresponda por orden de sucesión cV
Constitución Española de 1978 para opositas
1"!' Indicar cuál de las siuientes respuestas es correcta aV #as Cortes Generales no aprue*an los Presupuestos Generales del Estado *V #os &ie&*ros de las Cortes están liados por &andado i&peratiWo cV El Conreso es eleido por un plazo de 0 años dV Ceuta ) Melilla están representadas cada una por un ;iputado! 14!' Con+or&e al art! 75 de la Constitución Española? las conclusiones de las Co&isiones de InWestiación del Conreso ) enado! aV >o a+ectarán a las resoluciones /udiciales *V erán Winculantes para todos los ciudadanos cV erán Winculantes para los $ri*unales dV urtirán e+ecto desde la +ec(a de su pu*licación 15!' $endrán derec(o a a+iliarse a oranizaciones sindicalesQ aV #os tra*a/adores por cuenta propia Xue tenan tra*a/adores a su serWicio *V #os &ie&*ros de las +uerzas ar&adas cV #os tra*a/adores Xue (a)an cesado su actiWidad la*oral co&o consecuencia de su incapacidad o /u*ilación dV #os /ueces en actiWo 17!' NCuál de los siuientes principios no se encuentra arantizado en la ConstituciónO aV #a /erarXu%a nor&atiWa *V #a responsa*ilidad de los poderes p2*licos cV #a pu*licidad de las nor&as dV #a retroactiWidad de una disposición sancionadora des+aWora*le!
5 a n i g á P
18!' Con+or&e a la constitución Española? la Walidez de las actas ) credenciales de los &ie&*ros del conreso de los diputados ) enado estará so&etida al control! aV ;el o*ierno *V Kudicial cV ;el Ministerio del Interior dV ;el Dicepresidente del Go*ierno! Aránzazu González
19!' e2n la Constitución Española? las a*dicaciones? renuncias ) cualXuier duda de (ec(o o derec(o Xue ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolWerán por aV eal ;ecreto *V #e) ránica cV rden Ministerial dV ela&ento ucesorio
Constitución Española de 1978 para opositas
1!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c ,!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a TArt! 8,!,V 0!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 71!0V "!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 150V 4!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 1V 5!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! * TArt! 5,V 7!' se anulo 8!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c 9!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c 13!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a 11!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a 1,!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a TArt! 151!,V 10!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 53!1V 1"!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! d TArt! 58!1V 14!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a 15!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 1,7V 17!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! d TArt! 9!0V 18!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c TArt! 73!,V 19!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! * TArt! 47!4V ,8
6 5 a n i g á P
,8
Preuntas sacadas de los e.á&enes au.ilio /udicial? tra&itación /udicial del orden /udicial? de los años ,311? ,313! Aránzazu González
Eamen: 'dministrati;o del 3er;icio de 3alud 'ndalu< **7 1!' N
Constitución Española de 1978 para opositas
AV >ueWe 1 por cada &illón de (a*itantes? lo Xue (acen 8? &ás otro por ser una Co&unidad Autóno&a! V >inuno? )a Xue sólo eleirán enadores las proWincias españolas! CV ;iecisiete 1 por cada &edio &illón de (a*itantes? lo Xue (acen 15? &ás otro por tratarse de una Co&unidad Autóno&a! ;V >ueWe 1 por tratarse de una Co&unidad Autóno&a ) otros 8 por estar +or&ada dic(a Co&unidad por oc(o proWincias! espuesta del E.a&en de ad&inistratiWo
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Aránzazu González
1!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! * ,!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c "!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c 4!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c 5!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! a]
Constitución Española de 1978 para opositas
Eamen 'uiliar administrati;o" 3er;icio 'ndalu< de 3alud **7 1!' El art%culo 1!, de la Constitución Española esta*leceQ AV #a capitalidad del Estado en Madrid V #a &á.i&a autoridad del Estado en la +iura del e) CV #a so*eran%a nacional reside en el pue*lo español ;V #a so*eran%a nacional reside en los poderes p2*licos ,!' NCuál de los siuientes supuestos no se conte&pla en el art%culo "0 de la Constitución EspañolaOQ AV e reconoce el derec(o a la protección de la salud V Co&pete a los poderes p2*licos oranizar ) tutelar la salud p2*lica CV #os poderes p2*licos +acilitarán la adecuada utilización del ocio ;V #os poderes p2*licos pro&oWerán ) tutelarán el acceso a la cultura 0!' No es o*liatoria V Es o*liatoria ) p2*lica CV Es o*liatoria ) ratuita ;V Es o*liatoria salWo en los coleios concertados
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Aránzazu González
espuestas e.a&en de Au.iliar ad&inistratiWo 1!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c ,!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! d 0!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! * 4!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! c
Constitución Española de 1978 para opositas
$ =cnico superior en documentación sanitaria **7 1!' e2n la Constitución Española de 1978? los ciudadanos españolesQ AV $ienen derec(o a eleir su residencia dentro del Estado Español ) a la li*re circulación! V $ienen derec(o a eleir li*re&ente su residencia dentro del Estado Español ) a circular por Ul! CV $ienen derec(o a eleir su residencia ) a la li*re circulación! ;V $ienen derec(o a eleir li*re&ente su residencia ) a circular por el territorio >acional! ,!' e2n el Art! "0 de la Constitución Española de 1978? cuál de las siuientes a+ir&aciones no co&pete a los poderes p2*licosQ AV ranizar ) tutelar la salud p2*lica! V Fo&entar la educación sanitaria! CV Fo&entar la educación +%sica ) el deporte! ;V Garantizar? en todo caso? la ratuidad de todas las prestaciones!
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Aránzazu González
1!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! d ,!' !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! d
Constitución Española de 1978 para opositas
>losario: CCAA Co&unidad Autóno&a E- !! Estado
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Aránzazu González