La violencia sobre las mujeres en la Edad Media. Estado de la cuestión (La violence sur les femmes au Moyen Age. Age. Un bilan Violence against women in the Middle Ages Emakumeen aurkako aurkako indarkeria Erdi Aroan gaiaren egoera) egoera)
Cristina SEGURA Universidad Complutense de Madrid
nº 5 (2008), (2008), pp. pp. 24-38 24-38 A Teresa, a Maite y a Carmina, mis amigas
Artículo recibido: 14-IV-2008 14-IV-2008 Artículo aceptado: 12-V-2008 12-V-2008 patriarcado ha creado una realidad realidad social desigual e injusta, injusta, pues divide a las personas atendiendo al sexo, sexo, homResumen: El patriarcado bres y mujeres, estableciendo una jerarquía entre ambos. Esta situación en si misma genera violencia pues las mujeres no pueden decidir sobre sus propias vidas. Además las mujeres sufren maltrato maltrato material por parte de los hombres, hombres, cosa que aceptan las leyes. La reli gión cristiana en aquel momento toleraba esta situación. La sociedad feudal, además, también es especialmente violenta. Atendiendo a este marco histórico se exponen diferentes líneas de investigación. Palabras clave: Mujeres, Violencia, Patriarcado, Patriarcado, Sociedad feudal.
Résumé: Le patriarcat a formé une réalité sociale injuste et des-égal. Il classifie les personnes selon leur sexe: hommes et fem-
mes, et établie une hiérarchie entre eux. Cette situation, elle même, génère violence car les femmes ne peuvent pas décider sur leurs vies. Les femmes peuvent aussi souffrir agressions des hommes, situation acceptée par les lois. La religion chrétienne à ce moment là a accepté la situation. La société féodale, en plus, est aussi spécialement violente en elle même. Des différentes lignes de recherche sont analysées en relation au cadre historique présenté. Mots clés: Femmes, Violence, Patriarcat, Patriarcat, Société féodale.
Abstract: Patriarchy created an unfair and inequitable social situation, because it cla ssifies people according to their sex -men and women- and it establishes a hierarchy between them. This situation produces violence because women can not decide about their own lives. Women also suffer aggressions from men, situation accep ted by the laws. Christian religion tolerated this behaviour at that time. Feudal society is also especially violent. Different research approaches are exposed according to this historical framework. Key words: Women, Violence, Patriarchy, Feudal society.
Laburpena: Patriarkatua Patriarkatuakk gizarte desberdindu eta bidegabea egituratu du; izan ere, pertsonak sexuaren arabera arabera banatzen ditu: gizog izo-
nak eta emakumeak, eta bien artean hierarkia bat ezartzen du. Egoera horrek berez eragiten du indarkeria, emakumeek ezin dutelako euren bizitzaren gaineko erabakirik hartu. Gainera, gizonek tratu txarrak txarrak eragiten dizkiete emakumeei, eta legeek onartu. Erlijio kristauak onartu egiten zuen egoera hori garai hartan. Gizarte feudala, gainera, bereziki bortitza da. Marko historiko horretan, hainbat ikerketa-ildo aurkeztu dira.
Patriarkatua, Gizarte feudala. Giltza-hitzak: Emakumeak, Indarkeria, Patriarkatua,
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ISSN: ISSN: 1698-4374 1698-4374 D.L.: BI-1741-04
La violencia sobre las mujeres en la Edad Media. Estado de la cuestión
Cristina Segura
1. Introducción
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n este escrito pretendo hacer una reflexión teórica sobre un tema tan importante como es la violencia sobre las mujeres en la Edad Media hispana. Desde el punto de vista científico está cobrando cada vez mayor espacio gracias a las importantes aportaciones, por calidad, no por número, que se están llevando a cabo gracias al interés de historiadoras/es y foros como el que ofrece el Centro de Historia del Crimen de Durango/Durangoko Kriminaren Historia Centroa, impulsado por el profesor de la Universidad del País Vasco Iñaki Bazán que, desde sus inicios en la investigación, se decantó por estos temas y que ha insistido con buenos resultados en ellos. Mi aportación no es en absoluto contributiva y no va a suponer un avance en el conocimiento de dicho tema, sino que pretende ofrecer elementos teóricos y metodológicos de reflexión, junto con instrumentos que colaboren en el avance en esta línea de investigación. La violencia sobre las mujeres es un tema de candente actualidad, pero ahora tiene planteamientos sociales, políticos, sicológicos, sociológicos e, incluso, económicos que en la Edad Media no se presentaban. En cambio, ahora, no hay preocupación semejante desde el punto de vista científico, para establecer los antecedentes históricos de una tr iste realidad, que se repite con tanta cotidianeidad que, lamentablemente, casi se ha asimilado e incorporado a lo habitual en las noticias de prensa. Desde el campo de la Historia de la Edad Media el tema de la violencia en general ha tenido escasa atención, sobre todo comparado con otros, posiblemente menos comprometidos, lo mismo se puede afirmar con respecto a la Historia de las Mujeres en particular, tema de este coloquio, en el que participan las personas que han iniciado estos estudios para la Península Ibérica, que han hecho aportaciones muy encomiables y fundamentales para construir la Histor ia de la violencia ejercida sobre las mujeres en diversos aspectos. De este grupo de investigadores/as se me debe exceptuar, pues poco he escrito sobre este tema. No quiere decir que no me preocupe, pero mis prioridades investigadoras han ido por otras vías. No obstante, en algunas ocasiones1 me ha preocupado el tema de la “marginación de las mujeres” que es un concepto que suele relacionarse con la violencia, pero nunca debe identificarse, aunque bien es cierto que la marginación en si misma entraña violencia. Sobre ello insistiré después.
Hay historiadores que, todavía, discuten sobre la conveniencia de las investigaciones sobre Historia de las Mujeres, pues consideran que sólo es una parte dentro de la Historia. La atención a la violencia en las distintas sociedades también ha sido escasa y, precisamente, se ha desarrollado en el campo que la analiza cuando se ejerce sobre las mujeres, pero todavía es un tema emergente, aunque las primeras publi1
SEGURA, Cristina: «Las mujeres ¿son un gr upo marginado?», Jornadas los marginados en el mundo medieval y moderno , Instituto de Estudios Almerienses,Almería, 2000, pp. 107-118 y La cultura feme nina en los márgenes del pensamiento dominante , Coloquio Internacional Relegados al margen: Marginalidad y Espacios Marginales en la Cultura Medieval, CSIC, Madrid, 7/9-III-2007 (en prensa).
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caciones que pueden relacionarse con él tienen mas de veinte años 2, gracias a los trabajos de Mª Teresa López Beltrán, Iñaki Bazán y Ricardo Córdoba, a quienes se debe agradecer su decisión de abrir este camino con un gran rigor científico y dedicación. No obstante, no ha sido una línea de investigación a la que se haya dedicado la atención que merece, si exceptuamos a las personas citadas. Posiblemente la dificultad de encontrar fuentes escritas suficientes y asequibles puede ser un motivo de la escasa incidencia del tema, en comparación con otros, mucho menos importantes, sobre los que hay una larga trayectoria. Posiblemente, estos temas no tienen el carácter universal que tiene éste, pues, desde mi punto de vista y, adelanto la tesis sobre la que me voy a centrar, todas las mujeres en la Edad Media sufrieron violencia, diferente a la que sufrían los hombres, que sin duda también fueron violentados. La sociedad feudal era, en si misma violenta. Pero, hay que resaltar que lo que caracteriza a este problema es que en el caso de las mujeres, fueron los hombres los que la ejercieron sobre ellas, cosa que no fue en absoluto recíproca. Las mujeres no han sido agentes de violencia de forma general, aunque en algunas circunstancias hayan podido ejercerla, pero siempre fue de manera excepcional e individual, nunca fue el sexo femenino quien la ejerció de forma mayoritaria sobre el otro sexo, cosa que sí se dio en la otra dirección, los hombres sobre las mujeres, esto es lo que se considera actualmente como “violencia de género”. Bien es cierto que esta situación no fue igual para todas las mujeres y la categoría, la clase social de las personas, siempre imprescindible para valorar la realidad social, es posible que en este caso fuera aún más determinante. En este escrito, insisto, pretendo reflexionar sobre los conceptos que se relacionan con este tema y sobre las posibles vías de investigación que pueden derivarse, teniendo en cuenta lo que hasta ahora se ha hecho en el medievalismo hispano, sólo en relación a las mujeres. Así mismo, voy a hacer algunos planteamientos teóricos y metodológicos que puedan ser útiles para avanzar por este camino, que me parece importante. Por este motivo hay que valorar muy positivamente a las/os medievalistas hispanas/os que vienen trabajando y publicando con notables resultados sobre aspectos relacionados con la violencia sobre las mujeres. La mayoría de ellas/os me acompañan en esta publicación y han colaborado en la reciente publicación coordinada por Ricardo Córdoba de la Llave 3, son personas que están investigando en esta línea con trabajos muy valiosos, en los que se incluyen referencias bibliográficas exhaustivas, por lo que remito a sus contribuciones para un mayor abundamiento en esta línea de investigación.
CÓRDOBA DE LA LLAVE, Ricardo: «Las relaciones extraconyugales en la sociedad castellana bajomedieval», Anuario de Estudios Medievales, 16 (1986), pp.571-619; LÓPEZ BELTRÁN, Mª Teresa: La prostitución en el Reino de Granada en la época de los Reyes Católico: el caso de Málaga, Málaga, 1985; BAZÁN, Iñaki: La cárcel de Vitoria en la Baja Edad Media (1428-1530) ,Vitoria, 1992. 3 Mujer, marginación y violencia entre la Edad Media y los tiempos Modernos, Universidad de Córdoba, Córdoba, 2006. 2
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2. Algunas precisiones terminológicas Considero que es necesario valorar la violencia en el contexto histórico que se produce, debe evitarse el anacronismo de llevar situaciones actuales a tiempos pasados. Ahora, cuando se hace referencia a la “violencia de género”, concepto que me parece muy discutible, a lo que se está haciendo alusión es a la violencia material, es decir al maltrato de obra sobre las mujeres: pegarlas, vejarlas, herirlas y matarlas por algún hombre con el que han estado emparejadas, no a otras formas de violencias que las mujeres también sufren, ellas solas y no sufren los hombres, como es, por ejemplo, el acoso de hombres en situación de superioridad con respecto a ellas, como amos, señores, maestros, jefes, clérigos, parientes, profesores, chulos, etc. Lo que actualmente se entiende por “violencia de género” pienso que no responde de forma correcta a lo que representan los dos términos, pues a lo que se refieren es al maltrato físico que sufren las mujeres de manos de sus parejas en la mayoría de los casos, que en los extremos, las lleva a morir asesinadas por hombres con los que previamente habían mantenido una relación de amor.
Por tanto, pienso que sería más correcta la utilización de la palabra maltrato en vez de violencia. La palabra violencia tiene un carácter más amplio, como después valoraré para la Edad Media, mientras que lo que ahora sale a la luz son las agresiones materiales que sufren las mujeres en los espacios domésticos. Esto también sucedía en la Edad Media y me temo que el origen de esta situación y la mentalidad que la mantienen no han evolucionado mucho desde entonces hasta ahora. Con respecto a la palabra “género”, pienso que su uso es totalmente inadecuado y responde a intereses políticos. El género es un concepto elaborado dentro de la teoría feminista que tiene un contenido muy preciso 4. Es una palabra técnica que no es el equivalente a mujer/es. No debe establecerse la igualdad género=mujer/es pues es un despropósito científico. Además, no debe olvidarse, que algunas tendencias feministas no aplican el género en la elaboración de sus investigaciones, ni lo integran en su pensamiento. Las mujeres son seres humanos y el género es una construcción teórica que hace referencia a una determinada realidad social y, sobre todo, es una categoría de análisis que señala las diferencias que la sociedad diseña para la vida de las mujeres y de los hombres.Atendiendo al género la sociedad se divide en dos grupos con desiguales derechos y obligaciones. Esta diferencia está condicionada por el sexo de las personas, no por ningún otro tipo de condición que pueda adquirirse. El sexo viene dado por natura y, en esencia, no ofrece más que diferencias biológicas, pero, atendiendo a él, la sociedad ha establecido que cada persona tenga fijados unos comportamientos, un espacio en la sociedad, unas posibilidades de actuar que establecen una desigualdad entre ambos sexos y, además, marca una jerarquización en beneficio de uno de los dos, el masculino. Éste, además, puede tomar decisiones sobre sí mismo, cosa que a las mujeres no se les permite, pues deben adecuarse
LERNER Gerda: La creación del patriarcado , Barcelona, 1990;VVAA: Joan Scot y las políticas de la Historia, Barcelona, 2006, entre la extensa bibliografía. 4
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a unos determinados comportamientos, si pretenden ser mujeres honradas y reconocidas como tales. Por todo ello, considero que la forma correcta sería “maltrato a las mujeres”, en lugar de “violencia de género” que es a lo que explícitamente se están refiriendo en la actualidad. Mi propuesta es mucho más dura, convierte a los hombres en maltratadores, no en violentos que es más suave e, incluso, desde cierta óptica puede ser casi un halago, un signo de masculinidad. La utilización de la palabra “genero” oculta al sujeto, las mujeres, que sufren la agresión. Por tanto, es más políticamente correcto la utilización de “violencia de género” que “maltrato a las mujeres” o “violencia sobre las mujeres”. La marginación es otro término al que quiero dedicar alguna atención. La marginación en la sociedad supone la existencia de un centro y unos márgenes que es donde se coloca a las personas que no se adecuan, que no aceptan, que no quieren vivir en el centro conforme a las pautas que establece la sociedad dominante. Esta decisión o esta situación, no sólo la tienen las mujeres, también los hombres. Los/as marginados/as son personas excéntricas que viven voluntariamente de una forma que no es la correcta para la sociedad, los motivos pueden ser varios, buscados o no. Bandidos, leprosas/os, herejes, esclavas/os, pobres, brujas o prostitutas y, actualmente, los movimientos alternativos son considerados también como marginales. En teoría, una persona puede salir de cualquiera de estos grupos e integrarse en el centro de la sociedad y dejar de ser marginado/a, en la práctica es mucho más complicado. Pero las mujeres no pueden dejar de pertenecer a un sexo que no goza de la misma situación ni consideración en la sociedad que el otro. Las mujeres no pueden tomar ningún tipo de decisión que les lleve a tener un reconocimiento social semejante al que tiene el otro sexo. A las mujeres les viene por natura su situación secundaria en la sociedad a todas, pertenezcan a cualquier clase social, incluso a las dominantes.Por ello,considero que las mujeres, como grupo, no deben ser consideradas como grupo marginal, sino, por el contrario, como grupo oprimido5. Esta me parece la denominación correcta, de la que, además, se deriva una situación de violencia hacia ellas. Puesto que hay un grupo dominante, el masculino, que toma las decisiones que afectan a la vida de las mujeres sin darles opción, no a modificarlas, ni siquiera a opinar sobre ellas. Por lo menos en la Edad Media y todavía en la actualidad en las sociedades del tercer mundo. Por ello, aunque la marginación entraña violencia, considero que no es totalmente correcto establecer una identidad entre ambos conceptos. Las mujeres que sufren violencia no son sólo las marginadas, sino todas, como después iré valorando, partiendo de la base de que considero a todo el grupo mujeres, como grupo oprimido.
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SEGURA, Cristina: «Las mujeres ¿son un grupo marginado?» ..., pp. 107-118.
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3. La violencia en la Edad Media. El sistema patriarcal Marc Bloch en su trabajo, todavía no superado, sobre la sociedad feudal6, concluía que aquella formación social fue especialmente violenta y masculina. Sin duda aquellos siglos fueron violentos, pero me temo que, lamentablemente, los siguientes lo han seguido siendo, aunque han procurado ocultar la violencia o, en el peor de los casos, institucionalizarla. En la Edad Media, posiblemente, no había la preocupación burguesa por mostrar un aspecto amable que no siempre se correspondía con la realidad, y se hacen más patente las actuaciones violentas y más duras. Los hombres que vivieron inmersos en las costumbres propias del sistema feudal consideraban que aquello era lo correcto, aunque siempre debía de haber algunos cuya bondad o maldad destacaba y así lo han recordado las fuentes escritas.
En la Edad Media la violencia que sufren las mujeres no se reduce sólo al maltrato, como después voy a analizar, sino a un entramado social mucho más comple jo. Pero no debe olvidarse que, en el Medievo, las mujeres sufrían la violencia general de la época y, además, la propia que se deriva de la supremacía del sistema patriarcal, que, desde mi punto de vista, es el principal generador de violencia sobre las mujeres. Por tanto, posiblemente en esta época histórica, la confluencia de dos formaciones sociales eminentemente violentas, como son el sistema feudal y el patriarcal, diseñaron una situación especialmente grave para las mujeres. No obstante, quiero insistir que esta situación no ha desaparecido para las mujeres, aunque se ha atenuado, pues el sistema patriarcal todavía está presente y el capitalismo genera una violencia diferente a la del feudalismo, más sofisticada, menos mediata. La esencia del sistema patriarcal es violenta en si misma, además de injusta.Divide la sociedad en dos grupos atendiendo sólo al sexo de las personas. Los dos grupos son desiguales en lo referente a posibilidades sociales y en las relaciones que hay entre ellos, el patriarcado establece la superioridad del grupo masculino, a cuyas imposiciones de todo tipo las mujeres deben someterse. Por tanto, se establece una relación jerárquica, pues los hombres son los que deciden sobre el comportamiento y las posibilidades sociales de las mujeres, sin que ellas puedan intervenir, ni opinar. Todo ello entraña un sometimiento de las mujeres a los hombres que pueden disponer sobre ellas a su entera voluntad. La ley laica y la religiosa consagran esta situación de subordinación de un grupo al otro. Por tanto, los planteamientos básicos del sistema patriarcal entrañan violencia hacia el grupo sometido, lo cual no quiera decir que haya maltrato material permanentemente, pero debido al sistema de organización social las mujeres sufren la violencia derivada de la supremacía masculina sobre ellas y de su posición secundaria en la sociedad, sean de una clase o de otra, con respecto a los hombres de su grupo. Tampoco quiere significar esto que las mujeres sufran todas y continuamente una violencia mediata o que se sientan en una situación de permanente agresión. Las
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BLOCH, Marc: La sociedad feudal , Madrid, 1986.
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características de la sociedad fueron así, pero las mujeres supieron crear espacios de libertad, de solidaridad y de creación de sabiduría.También hay que tener en cuenta que algunas mujeres fueron violentas, maltratadotas y otras fueron delincuentes e, incluso, criminales. Pero todas estas actuaciones, tanto las amables como las malignas, fueron excepcionales, la realidad social de las mujeres en la Edad Media es que sufrieron la doble violencia derivada del patriarcado y del feudalismo, sistemas sociales imperantes en aquel momento histórico. La sociedad patriarcal no ofrece posibilidades a las mujeres para modificar su situación, ellas debían aceptar el diseño de su vida impuesto por los hombres.Todas ellas, pertenecieran a una clase social o a otra, estaban sometidas a esta situación de inferioridad y subordinación que,en si misma,es violenta.Las mujeres no tenían más que una posibilidad para escapar a esta violencia estructural que supone el sistema patriarcal. Esta única posibilidad, desde mi punto de vista, era abandonar su casa e ingresar en un beaterio o en un convento. La vida religiosa era la única vía que se ofrecía a las mujeres para escapar de los espacios domésticos en los que se les había recluido. Los espacios domésticos, exclusivos de las mujeres, en la Edad Media y en todos los tiempos son espacios de opresión femenina. En ellos se encerraba a las mujeres para que se mantuvieran aisladas y dedicadas a los trabajos reproductores propios, que configuran a la familia patriarcal como unidad de producción, generadora de plusvalías que benefician al grupo masculino 7. Aunque ésta es la situación teórica, que en buena medida se correspondía con la realidad social, quiero señalar que, incluso en los espacios domésticos, las mujeres supieron establecer relaciones positivas y creadoras para eludir la subordinación y la violencia endémica. El beaterio o el convento eran un espacio de libertad para las mujeres que escapaban a la violencia endémica que suponía la subordinación patriarcal. En estos espacios, las mujeres podían decidir sobre su cuerpo, sus actividades, sus relaciones y formarse un pensamiento propio y diferente al que el patriarcado pretendía imponerles 8. Las manifestaciones de la violencia patriarcal se constatan en la imposibilidad de las mujeres de disponer de su cuerpo y de libertad para actuar, pues estaban sometidas a su padre primero y, después, a su marido. La ley confirma esta situación y en sus diferentes disposiciones insistía en el tratamiento desigual a hombres y a mujeres y en la diferente responsabilidad que se daba a los actos de cada uno de ellos. El maltrato a la propia mujer, a la hija o la hermana no suponía ningún delito, pues se consideraba que la mujer era pertenencia de la familia, como una posesión más, sobre la que se podía disponer a entero capricho.
SEGURA, Cristina: «Actividades remuneradas y no remuneradas de las mujeres en la España Medieval», Rentas, producción y consumo en España en la Baja Edad Media , Universidad de Zaragoza, 2001, pp. 109-120. 7
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SEGURA, Cristina: «La vida conventual: ¿Opresión o liberación para las mujeres de la Edad Media?», Estudios sobre la mujer. Marginación y desigualdad , Diputación de Málaga, Málaga, 1994, pp. 41-53.
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Tampoco puede olvidarse que a las mujeres nunca se les daba opción para decidir sobre su vida, era su padre primero y su marido después quien decidía por ellas. Por tanto, vivían en una situación de una violencia endémica pues podían querer no casarse y permanecer solteras o casarse con otro hombre que no fuera el elegido para ellas, o irse al convento o cualquier otra posibilidad de vida y no tenían otra opción que aceptar lo dispuesto por su padre y después del matrimonio por su marido. La falta de libertad de las mujeres para decidir sobre su cuerpo era un elemento permanente que generaba violencia sobre ellas y condicionaba sus vidas.
4. La ley consagra la violencia patriarcal La norma consuetudinaria patriarcal que recluye a las mujeres en los espacios domésticos, dedicadas a las tareas productivas y a las reproductoras, y que limita su libertad para decidir por si mismas, fue refrendada por las leyes que se dictaban, injustas en si mismas, para las mujeres, pues en la legislación se tenía en cuanta el sexo de la persona. La ley no era igual para todas/os y ésta es una característica de las normas jurídicas medievales, que incluían diferentes categorías de aplicación, atendiendo a diversas circunstancias, siendo el sexo de las personas, posiblemente la más determinante para valor la consideración que recibían los delitos femeninos. La primera característica es que los delitos más penados y perseguidos son los que están relacionados con el cuerpo de las mujeres, es decir, el adulterio y la violación que aunque ellas la sufren, no les depara la protección conveniente. Debe recordarse que el adulterio era sólo delito y pecado femenino. Los hombres no cometían este pecado/delito, aunque estuvieran casados, y sólo podían tener algún problema legal en el caso que fuera una mujer casada, de su misma clase social o de otra superior, con la que habían mantenido relación, por atentar al honor del marido. En cambio, ellas eran castigadas con la muerte y con las penas del infierno, por no haberse mantenidos fieles. El castigo que puede tener el adultero, que no recibe esta denominación, es por haber atentado contra una propiedad de otro hombre. En estos casos, como en tantos, el castigo era diferente para hombres y para mujeres. La adultera era castigada con la muerte, mientras el delito que cometía el hombre que con ella yacía, derivado de ir contra una propiedad privada del cabeza de familia, se castigaba en algunos casos con una multa, 300 sueldos9. Fue el rey Alfonso X, en el Fuero Real, quien por primera vez inició una tímida reprensión sobre los hombres que estando casados yacieran con una mujer diferente a la suya. No obstante, en los catecismos y textos religiosos durante la Edad Media el adulterio sigue siendo pecado exclusivamente femenino. Algo semejante puede decirse sobre la violación, la gravedad del hecho depende de si la violada era soltera o casada. La violada que reclamaba amparo debía tener de Madrid, Madrid, 1983. En este libro hay numerosos ejemplos, puesto que la norma era común en los diversos reinos cristianos de la Península Ibérica. 9
Las mujeres medievales y su ámbito jurídico , Universidad Autónoma
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mucho cuidado en poder probar satisfactoriamente que había sido forzada. Se decretaba que un número determinado de mujeres debían jurar con ella ante el escribano, corroborando que había sido violada contra su voluntad, su sóla palabra no era suficiente. Sólo de esta forma se reconocía y podía recibir ayuda y reparación. Cuando era una mujer casada, la situación era más complicada; en este caso se considera la violación como un delito cometido por el violador, pues había atentado contra la propiedad de otro hombre. Pero la mujer debía probar convenientemente el hecho y que no había facilitado ni consentido, para ello necesitaba que un determinado número de mujeres la acompañasen en el juramento de su inocencia. El número de cojuradoras se determinaba en cada fuero. La inocencia de la violada debía ser clara y manifiesta, pues, en el caso de estar casada, podía ser considerada como adultera, poniendo en peligro su vida. Si la violada era soltera, en los fueros de los lugares de Frontera, dados para tierras en proceso de repoblación, el problema se podía solucionar con la boda con el violador 10.Hay que recordar que los fueros y las leyes emanadas del poder responden al diseño de la sociedad que el legislador pretende imponer, pero no se corresponden en todos los casos con la realidad social, para conocer ésta hay que consultar también la documentación de aplicación del derecho. En las leyes medievales se contempla también la posibilidad de que un marido, por los motivos que considere convenientes, repudiara a su mujer o la abandonara y se casara con otra, sin darle a ella ninguna posibilidad de opinar al respecto. Junto a estos tres casos, adulterio, violación y repudio, que me parecen de extrema gravedad, aparecen otras violencias que se ejercían sobre las mujeres de forma legal y que, en si mismas, no lo eran, pero lo eran por la forma de desarrollarse, que las trasformaba en violencia sobre el sexo femenino.Voy indicar algunas muestras de ello. La boda, por ejemplo, que era por decisión paterna, sin que la novia pudiera opinar; los hombres tampoco decidían siempre sobre esto, pero si podían en muchos casos. La viuda perdía la tutela de sus hijos si volvía a casarse, cosa que no sucedía en el caso del viudo que podía contraer un nuevo matrimonio sin perder la tutela de los hijos. Las mujeres no podían, en muchos casos, apelar directamente a la justicia para que se resolviera cualquier afrenta que hubieran recibido o problema que les surgiere. En estos casos las mujeres necesitaban que algún hombre de su familia fuera quien interviniese en su nombre. Otras muchas situaciones semejantes a las anteriores demuestran la situación de minoridad en la que se encontraban las mujeres ante la ley, ellas no tenían voz en los espacios público y, por ello, eran grandes sus dificultades para hacer valer sus derechos. Esta situación es injusta y antinatural y, por tanto, engendraba violencia sobre las mujeres. Esta estructura jurídica patriarcal era la que el poder dominante pretendía imponer, lo cual no representa que la realidad social se adecuara a ella totalmente, las mujeres supieron a lo largo de los tiempos buscar espa-
SEGURA, Cristina: «Aproximación a la legislación medieval sobre la mujer andaluza: el fuero de Úbeda», Las mujeres medievales y su ámbito jurídico ..., pp. 87-94. 10
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cios propios en los que relacionarse entre ellas y ejercer su libertad de pensamiento. Pero esto no era la norma, era la excepción. Además de la realidad legal diferente para cada sexo, no debe olvidarse que las mujeres recibían también un trato discriminatorio por la iglesia oficial. La norma religiosa mantenía una perfecta alianza con la civil y los delitos eran también pecados. La iglesia contribuyó a aumentar la violencia que la sociedad ejercía sobre las mujeres a través de unas leyes eminentemente patriarcales, que sometían a las mujeres a los hombres de su familia, en la que debían tener unos comportamientos muy bien definidos, de atención a todo lo doméstico y de obediencia. Por tanto, la mujer que incumplía de alguna manera lo establecido por norma legal y transgredía lo definido para ella, no sólo era una delincuente, sino también una pecadora. La violencia que se ejercía sobre las mujeres, mediante el conducto legal laico y religioso, era algo endémico al sistema patriarcal y, por tanto, a la sociedad medieval. Por ello, las mujeres se encontraban en una situación de gran violencia permanente, pues estaban sometidas a unas leyes que defendían al grupo dominante, los hombres. Ellas sólo tenían obligaciones y limitados derechos, mientras que los hombres tenían obligaciones y todos los derechos. Bien es cierto que esta situación en el caso de mujeres y hombres para la Edad Media, también estaba condicionada por la clase social y la religión de cada persona. También hay que insistir en que las costumbres de la sociedad feudal eran duras, bruscas e, incluso, crueles para la mentalidad actual, no se parecían en nada a las galanterías de tiempos más modernos o la ideal adoración a la dama del amor cortés, que no era otra cosa que juegos de nobles. Por ello, vuelvo a lo que indicaba al principio: la sociedad medieval desarrollaba una doble y coincidente violencia, la emanada del patriarcado y la propia de la sociedad feudal.No me voy a detener aquí en la violencia feudal, pues no compete ahora. No obstante, si quiero indicar que a partir del siglo XII se inició una cierta modificación en la situación de las mujeres, no necesariamente beneficiosa para todo el sexo femenino, derivada de la moda imperante en el momento: el amor cortés. Según sus planteamientos el caballero debía proteger a las damas, todas ellas colocadas en una situación de minoridad que convertía a las mujeres en objetos bellos, adorables, débiles y pasivos a los que había que proteger, en teoría a todas, pero en la práctica sólo a las de su grupo. Las mujeres no tenían consideración de sujetos, el amor cortés las convertía en seres secundarios, casi objetos, pues no tenían autonomía propia. Por otra parte, este juego cortesano sólo afectó a las capas más altas de la sociedad. Por todo lo indicado, considero que las mujeres en la Edad Media, todas, incluso las que pertenecían a los grupos privilegiados, sufrían violencia, una violencia estructural y endémica, propia de este tipo de formación social. Pero, además, algunas, en diferentes situaciones, pudieron sufrir malos tratos concretos, fueron vejadas e, incluso, escarnecidas por la justicia. Otras, además, vivieron en situaciones que generaban violencia propia y permanente, como es el caso de la prostitución. Esta violencia específica, derivada de la forma de vida de algunas mujeres, debía ser añadida a la estructural que afectaba a todo el sexo femenino.
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La violencia sobre las mujeres en la Edad Media. Estado de la cuestión
Cristina Segura
5. Fuentes y métodos de trabajo Voy a enunciar fuentes y métodos, de forma somera, sobre todo como un primer estadio para iniciarse en estudios e investigaciones sobre un tema universal, pues ha estado presente a lo largo del tiempo en las diversas formaciones sociales que se han sucedido.Advirtiendo que, aunque hay investigaciones muy sólidas, todavía es tema emergente dentro de los estudios históricos en general, aunque posiblemente se le haya dedicado una mayor atención cuando las investigaciones se han hecho considerando a las mujeres como el sujeto social sobre quien se ha ejercido la violencia. Pienso que todavía la andadura no es muy larga para establecer metodologías propias pero que podrán establecerse próximamente; sin duda, teniendo en cuanta la valía de los trabajos que se van a presentar a este coloquio 11 y los reunidos en la reciente publicación coordinada por Ricardo Córdoba de la Llave 12, ya citada.Todo ello supone el inicio de la normalización de una línea de investigación nueva que ha avanzado con pasos seguros y firmes y que, cada vez, irá ocupando el sitio que le corresponde entre las nuevas investigaciones que están dotando al medievalismo de aportaciones trascendentes y enriquecedoras. Las fuentes primordiales para estudiar este tema son las relacionadas con los casos que llegaron a la justicia. Por ello, en primer lugar, en la documentación concejil se encuentran procesos sobre sucesos violentos sufridos por las mujeres y, asimismo, en los archivos de protocolos notariales.También pueden haberse conservado procesos judiciales reseñados en el Registro General del Sello, esto en el caso que dichos procesos no quedaran en la instancia concejil, sino que se apelara al Rey para que mediara y considerara la sentencia impuesta. No obstante, éste es un trabajo complicado pues hay que consultar un número elevado de documentos, lográndose escasas informaciones en la mayoría de los casos.Además, es frecuente que la documentación aporte sólo informaciones parciales y sea difícil seguir cada caso desde su inicio hasta el desenlace. En los protocolos notariales y en la documentación sobre litigios, frecuentemente las mujeres son víctimas, pero también suelen aparecer como delincuentes, como agentes de violencia. Ésta es la documentación básica para establecer casos de violencia o mejor de maltrato sobre las mujeres, puesto que justicia se hace sólo en casos en que haya una causa material. Un método mucho más complicado es ir estableciendo casos de maltrato de obra, de palabra o de muerte en las crónicas y en los textos de carácter histórico. Estas fuentes no son propias para el tema, pero hay que consultarlas pues hay en ellas referencias accidentales a algún suceso violento en el que se produce maltrato sobre alguna mujer concreta. Estas informaciones son muy útiles para valorar el suceso en si mismo y la consideración que recibía, pues esto es una muestra del pensamiento dominante sobre las agresiones a las mujeres o los delitos por ellas cometidos. 11
La violencia de género en la Edad Media. Emakumearen aurkako indarkeria Erdi Aroan. V Coloquio del Centro de Historia del Crimen de Durango. Durangoko Krimenaren Historiado Zentroko V Mahai-Ingurua ,
7-8 de noviembre de 2007. 12
Mujer, marginación y violencia. Entre la Edad Media y los tiempos modernos, Córdoba, 2006.
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En cualquier investigación hay que partir del análisis de la norma legal, laica y religiosa, sobre los actos violentos que los hombres podían hacer a las mujeres y sobre los delitos que ellas cometían. Es importante establecer qué castigos se pueden aplicar o qué pecado representa en el caso de la legislación religiosa. Bien es cierto que son muy escasas las referencias a maltrato sobre mujeres de la propia familia, las mujeres dependían del padre, hermano o marido que podía tratarlas de la forma que considerase conveniente, pues eran consideradas como objeto propio de la familia. Esta violencia difícilmente se recoge en la documentación y, sin duda, debía ser habitual y, por ello, la más numerosa. Para llegar a valorar como delito el maltrato sobre las mujeres tuvo que producirse un largo proceso social, hasta llegar a ser consideradas como sujetos sociales, cosa que sólo a partir de Olimpia de Gouges 13, desde mi punto de vista, se empezó a plantear. Lo cual no quiere decir que algunos delitos contra las mujeres no fueran castigados en la Edad Media, pero hay que matizar cada caso. Por ejemplo, en la legislación medieval aparecen frecuentes normas condenando la violación, lo cual no puede considerarse como un rechazo a la violencia sobre las mujeres, sino que se castigaba la agresión a un bien del patrimonio familiar y a un hecho determinado. Además de la normativa laica y religiosa, tienen un gran interés las fuentes literarias para poder valorar la mentalidad dominante sobre este asunto. Bien es cierto, que, la valoración que estos actos tienen en la actualidad, no tiene nada que ver con el pensamiento que sobre ellos había en la Edad Media, por lo que el silencio debía ser grande sobre actos cotidianos que hoy consideramos violentos. Por ello, las fuentes deben ser sometidas a una estricta crítica y contrastadas con otras de diferente tipo. Algo semejante a lo indicado sobre las fuentes literarias debe hacerse con las fuentes iconográficas que también pueden ofrecer escenas de violaciones o de otro tipo de maltrato sobre las mujeres. En ellas hay informaciones de las costumbres más habituales o cuáles eran las formas de tratar a las mujeres, todo ello aporta importantes datos que deben tenerse en cuenta al valorar esta situación.También deben relacionarse con las informaciones que aportan las fuentes consideradas como eminentemente históricas. No debe olvidarse que en las fuentes se manifiesta la violencia o el maltrato material a las mujeres, pero es mucho más difícil percibir la violencia social sobre ellas que se consideraba como normalidad. Hay que tener presente que la consideración mayoritaria sobre las mujeres era que estaban, por natura, como Eva, inclinadas al mal. Por ello, el padre o el marido podía reprenderlas no sólo de palabra, sino también de obra, para que se comportaran debidamente. La “corrección marital”, sobre la que se escribe con gran autoridad en esta misma publicación, era recomendada a los maridos en los tratados morales. La sociedad laica y la doctrina religiosa aceptaban plenamente esta situación y, no sólo toleraban, sino que aconsejaban que se dieran castigos materiales a las mujeres que, a criterio de su padre o marido, lo merecían. 13
BLANCO, Oliva: Olimpia de Gouges, Ed. del Orto
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Las investigaciones sobre este tema no deben hacerse atendiendo sólo a un tipo de fuente, pues los resultados pueden ser parciales. Es necesario tener en cuenta el conjunto de informaciones que pueden darse. El análisis de cada situación debe hacerse atendiendo a un método de trabajo que debe cumplir los siguientes pasos. En primer lugar hay que conocer la consideración que las mujeres reciben en cada formación social.A continuación es necesario establecer la norma legal, laica y religiosa sobre el castigo que se pueda imponer a un maltratador. Es decir, cual es el tratamiento jurídico que reciben las agresiones a las mujeres por hombres y, sobre todo, por hombres de su propia familia. Tras establecer el marco jurídico se debe pasar a valorar la aplicación de las normas y el tratamiento que recibían estos casos, tanto en los procesos sobre los que hay información de demandas de mujeres, como en los catecismos o manuales de confesores. En los tratados doctrinales hay que analizar si consideraban como pecado la violencia material sobre las mujeres. En ambos casos, la relación familiar entre los procesados debe ser considerada como prioritaria para valorar cada suceso.Tienen gran interés los procesos cuyo objeto es algún suceso violento en el que haya participado alguna mujer, bien como agente del delito o, sobre todo, cuando las mujeres demandaban justicia por sentirse agredidas materialmente en sus derechos.
6. Líneas de investigación posibles El primer paso sobre el que se debe insistir es la reflexión sobre la violencia estructural de una formación social en la que confluye la sociedad feudal y el sistema patriarcal. Aunque esto está implícitamente reconocido por las/os investigadoras/es sobre Historia de las Mujeres, pienso que sería muy conveniente explicitarlo y demostrarla de for ma contundente. Esta situación estructural debe ser previa para una mejor comprensión de los posibles caminos que puedan seguirse para profundizar en aspectos concretos de la violencia sobre las mujeres. Por ello, considero que una línea de investigación importante es valorar las características y los mecanismos mentales y de poder que posibilitan que pueda maltratarse a las mujeres de la propia familia sin sufrir el agresor ni castigo, ni pena. Otra línea que puede dar lugar a muy buenos resultados es todo lo relacionado con las uniones matrimoniales. Entre otras situaciones reales, hay que destacar la fuerza a las mujeres a casarse con individuos que rechazan o que no conocen. El abandono frecuente de las mujeres por las ausencias de sus maridos, los cuales buscan nuevas uniones matrimoniales a pesar de que la bigamia estaba castigada. También hay que conocer la frecuencia del repudio, que se toleraba cuando eran los hombres quienes lo hacían. Junto a todo esto, hay que investigar el maltrato dentro de la familia, tema que entraña graves dificultades por el gran silencio que sobre él se cierne, pero que es prioritario para conocer cómo se desarrollaba la vida de las mujeres. Las violaciones deben ser estudiadas y ponderadas desde las múltiples posibilidades cuyo estudio ofrece, pues debían ser frecuentes y suponen una agresión de obra con consecuencias materiales y que puede acarrear secuelas de todo tipo. No deben olvidarse las agresiones sexuales dentro de la propia familia que se silenciaban
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con bastante frecuencia. Igualmente es importante, aunque difícil, conocer como se producían las agresiones a las mujeres, dentro de la familia y fuera de ella. Otro tema importante es analizar en que circunstancias se les obligaba o se veían abocadas a dedicarse a la prostitución. La prostitución es uno de los posibles temas en los que más se ha investigado y con buenos resultados. Requiere, desde mi punto de vista, un tratamiento propio, ya que no afecta nada más que a unas determinadas mujeres, pero, aceptando que en sí misma es violencia y supone maltrato sobre las mujeres, hay que tener en cuenta varias circunstancias propias en sus análisis. En principio hay que considerar que no todas las mujeres estarían forzadas aunque esto es muy complicado de delimitar. Posiblemente lo que no debe olvidarse es que junto con su situación propia,algunas de ellas sufrían maltrato, agresiones y muerte. Las prostitutas no formaban parte de ninguna familia que les defendiera, ni tenían la entidad legal que les prestaba el núcleo familiar. Cualquiera de las violencias que se ejercían sobre estas mujeres, no se consideraban como falta o delito, ya que no gozaban de la protección legal que tenían las mujeres honradas, integradas en una familia con un hombre del que dependía y que les ofrecía la cobertura honorable, que todas las mujeres, por si mismas, no tenían. Esta circunstancia no se daba para las prostitutas, tampoco para las moras o las esclavas propias. La violación de una mujer de alguno de estos grupos no tenía ningún castigo o pena. Sólo en el caso de una esclava ajena,si el amo reclamaba justicia. Éstas son algunas posibles vías de investigación. Unas han gozado de atención, otras todavía están muy poco exploradas. Hay que partir de la realidad de que éste no es tema que haya despertado la atención y el respeto que merece por parte de ciertos investigadoras/es en relación a la Edad Media hispana, a pesar de que los pasos que se han dado hasta ahora, han sido sólidos y provechosos. Bien es cierto que es tema nuevo y difícil, pero sobre el que debe insistirse pues es una parte importante del pasado femenino que aportará un conocimiento necesario para completar la realidad social en la que vivieron las mujeres en la Edad Media hispana. La prostitución, el divorcio, las agresiones, las violaciones, las muertes o los abandonos, son los temas preferentes hasta ahora. En ellos se han producido aportaciones muy importantes, pero creo que ha predominado un criterio contributivo, que ha sido fundamental para construir una parcela de la Historia de las Mujeres no conocida. En la situación actual de las investigaciones, con el conjunto de nuevos conocimientos aportados, considero que es fundamental teorizar y establecer una metodología propia para este tipo de investigaciones que constituyen un campo específico dentro de la Historia de las Mujeres. La violencia debe ser contextualizada dentro de la violencia general de la sociedad y, sobre todo,hay que aplicar,en estas investigaciones, las categorías de análisis imprescindibles en cualquier investigación de Historia Social en la que las mujeres son sujetos sociales, como el género, la clase social, el estado civil y la religión, en el caso de la Edad Media. Mi pretensión es humilde,me he limitado a plantear temas,interrogantes o caminos en la investigación.Todo ello para incitar a la reflexión científica y social y contribuir a denunciar la existencia de una línea continua de maltrato sobre las mujeres
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que la sociedad patriarcal ha amparado y que se prolonga a lo largo de los tiempos hasta la actualidad. La Historia, como en tantos sucesos, también en este tema, debe ser un instrumento de denuncia y de educación, para contribuir a erradicar prácticas endémicas injustas con las mujeres y acabar con mentalidades patriarcales todavía presentes en sociedades que se consideran desarrolladas. Por todo ello felicito y agradezco a los organizadores y patrocinadores de este encuentro,Iñaki Bazán, Cesar González Mínguez, la Universidad de País Vasco y al Centro de Historia del Crimen de Durango/Durangoko Kriminaren Historia Centroa por su iniciativa para propiciar un espacio de contenido científico y proyección social importante. La Historia del pasado no es pasado, hay que interactuarla con la realidad social del presente.Así, además de su valor científico, es algo vivo, no muerto como muchos dicen, y útil para mejorar la realidad social de las personas, en este caso concreto de las mujeres. Gracias.
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